El
territorio del Consejo Comunitario Río Gualajo, se encuentra ubicado en las
tierras bajas del Pacífico Sur Colombiano en el Departamento de Nariño. Toma su
nombre del río que atraviesa sus tierras, conformando una importante micro
cuenca, subsidiaria de la cuenca del río Rosario.
El
territorio está localizado en el Nororiente del Municipio de Tumaco. Limita al
Sur y al Occidente con las tierras del río Rosario; al Oriente con las tierras
de las comunidades negras del Consejo Comunitario el Recuerdo de Nuestros
Ancestros del río Mejicano; al Norte con el océano Pacifico.
RESOLUCIÓN TITULO COLECTIVO DEL INCORA
N° 002538 DE DICIEMBRE 23 DE 2002
NIT 840 000 630-8
EXTENSIÓN TERRITORIAL: 2.775 Has.
PUBLICADO: 13 DE SEPTIEMBRE 2013
Consejo Comunitario del Río Gualajo
- Municipio
de Tumaco –
Departamento
de Nariño.
PLAN DE MANEJO DE ÁREAS DE RESPALDO
NATURAL ANCESTRAL EN EL TERRITORIO
“La Cascada y El Rescate del Conocimiento Ancestral”
![]() |
Facilitador
en Campo: Armando Ruiz – Vereda: San Agustín
Miembros
de la Junta directiva del Consejo:
Salientes:
Mario Grueso
Luís Domingo Sinisterra
Orlando Ospina
Victorino Rosero
Entrantes:
Henry Arboleda - Presidente
Sixto Ospina – Vicepresidente
Chávez Castro – Secretario
Angel José Arboleda – Fiscal
Fenner Burbano – Vocal
Víctor Achico – Tesorero
Teodoro Quiñones – Vocal
Teodoro Arboleda – Vocal
Manuel Montaño - Vocal
Marzo de 2007
TABLA DE CONTENIDO
Pagina
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1. Presentación general
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2. Enfoque del trabajo
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3. Proceso organizativo
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Orígenes e
historia del proceso organizativo.
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Como el
plan de manejo de las áreas de respaldo apoya el proceso organizativo
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El plan de
manejo de los respaldos y las escuelas.
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4. Historia Natural y Cultural del Poblamiento
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5. El área de respaldo como elemento de
reafirmación cultural
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6. Percepción integral del territorio y del área
de respaldo
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7.
Ordenamiento para el área de respaldo natural ancestral
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8. Reglamento de manejo de las áreas de respaldo
natural ancestral, establecidas en el territorio. Del control de las áreas de
manejo especial y el Derecho Propio en el territorio.
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9. Estrategias
de trabajo a futuro y responsabilidades
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Anexos – mapas – Fotografías
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1. Presentación General
Los Planes de Manejo de las Áreas de Respaldo Natural Ancestral en
el territorio de cada Consejo Comunitario, hacen parte central de la
planificación, protección y apropiación cultural del mismo. Su reglamentación
estaba prevista como una de las acciones de los Planes de Manejo Integral de
cada uno de los Consejos Comunitarios, asociados en la Corporación
Red de Consejos Comunitarios del Pacífico Sur (RECOMPAS).
A
continuación se plantea la relación de este Plan de Manejo con el Plan de Manejo
Integral del territorio del Consejo Comunitario del Río Gualajo, se aclara el
nombre que se le dio a esta parte del territorio una vez iniciado el proceso y
se hace un breve recuento del desarrollo del proyecto, que posibilito la
elaboración de este Plan.
- La
relación entre los Planes de
Manejo Integral Ambiental (PMIA) y la creación de Areas de Reserva Natural o Áreas de Respaldo Natural Ancestral.
El proceso de formulación de los Planes de Manejo de los de Aéreas de Respaldo Natural Ancestral en el territorio del Río
Gualajo, denominadas “La cascada y el
rescate del conocimiento ancestral” se desarrolla en el marco del
convenio de cooperación mutua entre la Corporación
Red de Consejos Comunitarios del Pacífico Sur (RECOMPAS) y la Asociación Red Colombiana de Reservas Naturales de la Sociedad Civil
(RESNATUR), proceso en cual la Corporación Asesorías para el Desarrollo - ASDES
fue contratada para el desarrollo del componente legal y la capacitación para
el fortalecimiento de capacidades.
El
convenio antes mencionado, retomo la propuesta de los Consejos Comunitarios,
que estaba contemplada en el proyecto cofinanciado por el gobierno de Holanda a
través del ECOFONDO, en el sentido de establecer áreas
de Reserva Natural y elaborar el reglamento interno de uso y manejo de los
recursos naturales y la biodiversidad, de cada una de ellas.
En ese sentido la iniciativa
cofinanciada por el presente proyecto está articulada con los Planes de
Manejo Integral Ambiental (PMIA) de cada uno de los Consejos Comunitarios
involucrados, que establecieron dentro de su proceso de construcción zonas
de reserva dentro de cada territorio.
Los Planes de Manejo Integral
Ambiental (PMIA), plantean el manejo de
las áreas de Reserva Natural como un elemento central del conocimiento y la
defensa de la biodiversidad, base para el desarrollo local y regional autónomo
y que se establecerán con base en los siguientes criterios[1]:
a)
Áreas
representativas de la fauna y flora en estado de vulnerabilidad.
b)
Los
resultados de los estudios de caracterización de los ecosistemas boscosos
existentes, realizados durante la formulación de los PMIA.
c)
Áreas
que sean representativas de ecosistemas estratégicos con poblaciones de
especies endémicas.
Es así como se
definieron diez (10) Zonas de Reserva
Natural con un área total mínima de 800 Hectáreas con sus
respectivos “Reglamentos de Uso y Manejo”.
Tabla
resumen de las áreas de reserva por Consejo Comunitario previstas a establecer
en los proyectos Ecofondo
CONSEJO COMUNITARIO
|
Área de
Reserva (Has)
(Metas del
Proyecto)
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Tipo de
Bosque
|
Observaciones
|
ALTO MIRA Y
FRONTERA
|
100
|
Manglar y
Colinas
|
Estos
Consejos están gestionando la definición de un área de manglar binacional
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BAJO MIRA Y
FRONTERA
|
100
|
Manglar y
Guandal
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IMBILPÍ DEL
CARMEN
|
50
|
Colinas
|
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RIO GUALAJO
|
50
|
Manglar
|
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RIO MEJICANO
|
100
|
Manglar y
Colinas
|
|
RIO TABLÓN
DULCE
|
50
|
Colinas
|
|
RIO TABLÓN
SALADO
|
50
|
Manglar
|
|
RESCATE LAS
VARAS
|
100
|
Manglar
|
|
UNION DEL
RIO Chagüi
|
100
|
Manglar y
Colinas
|
|
UNION RIO
ROSARIO
|
100
|
Manglar y
Colinas
|
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TOTALES
|
800 Has
|
Fuente: RECOMPAS – Documento sobre Áreas
de Reserva Natural dentro de los Consejos Comunitarios - 2005
Nota: Los
Consejos Comunitarios de Imbilpí del Carmen, Unión del Río Chagui, Río Tablón
Dulce y Río Mejicano, establecerán un área de reserva natural conjunta en un
sector de bosque que comparten donde se hallan los nacimientos de muchas
quebradas.
- Áreas de Reserva Natural a Areas de Respaldo
Natural Ancestral.
La participación de
monteadores, cazadores y personas de edad y experiencia durante los encuentros
facilitados por el proyecto, en Tumaco y en los ríos como , redefinió el nombre
de Áreas de Reserva Natural, por el de Áreas de Respaldo Natural Ancestral, expresión que guarda una estrecha relación con el manejo ancestral
del territorio y promueve la recuperación efectiva del conocimiento
tradicional, al convertirse como se pretende, en reglamento discutido y
aprobado por las asambleas de cada río y
luego expedido por las juntas en cada Consejo Comunitario, como autoridades territoriales.
El Área
de Respaldo, está representada en los territorios, como un lugar para cuidar,
proteger para las futuras generaciones y para los renacientes, ahí se hace
aprovechamiento cuidadoso, de maderas, frutos del monte, cacería, plantas
medicinales y su uso se hace de manera colectiva.[2]
- Recuento del
proceso
El
proceso que llego a la elaboración de este Plan de Manejo, se inicio con la
formulación del proyecto, para lo cual varios miembros de los consejos comunitarios,
designados por la Junta Directiva de RECOMPAS, se reunieron durante varios días
en la sede de Tumaco y con el apoyo de personal técnico de RESNATUR formularon
el proyecto.
Una
vez formulado, fue presentado en el marco del convenio entre el Fondo para la
Acción Ambiental (FPAA) y el Critical Ecosystem Partnership (CEPF), y fue
aprobado por un monto cercano a los 450.000.000 de pesos para ser ejecutado
entre septiembre de 2005 y Marzo de 2007 (18 meses) , en ocho consejos
comunitarios.
La
mitad de los recursos fueron administrados por RESNATUR y la otra mitad por
RECOMPAS. A la marzo de 2007, falta por ejecutar cerca del 32% de los recursos
que se invertirán en la construcción de cabañas y señalización para los
territorios de respaldo, en cada uno de los ríos involucrados.
Objetivos del proyecto
OBJETIVOS DESDE EL CEPF
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OBJETIVOS DESDE EL FPAA
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Comunidades de 8 territorios de Colectivos, informados y
sensibilizadas con la conservación de la Naturaleza en Reservas Naturales
Comunitarias constituidas al interior de sus territorios.
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Divulgar interna y externamente el Plan y reglamento interno de manejo
y demás resultados del proyecto
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Comités ambientales constituidos al interior de cada consejo
comunitario y capacitado integralmente en aspectos relacionados con áreas
protegidas.
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Formular y gestionar un plan de acción comunitario autónomo y
propuestas de apoyo para el manejo y operación de las Reservas Naturales
Comunitarias
|
Reservas Naturales Comunitarias, delimitadas caracterizadas, y con
planes de manejo formulados
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Formular en cada consejo comunitario reglamentos internos orientados
al manejo y control social de las Reservas Naturales Comunitarias a
constituir
|
Plan de Manejo y reglamento interno de manejo divulgado al interior de
las comunidades y con otros actores.
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Implementar infraestructura básica en las Reservas Naturales
Comunitarias: señalización, ilustración, delimitaciones físicas, senderos e
infraestructura educativa (senderos kioscos etc.)
|
Luego
de la aprobación del proyecto se han desarrollado las siguientes actividades,
tendientes a lograr los objetivos planteados:
- Selección de los facilitadores en cada uno de
los ríos, para lo cual se elevaron las consultas con cada una de las
juntas de los consejos involucrados.
- Capacitación básica a los facilitadores de los
8 consejos y a un grupo mas amplio de jóvenes y miembros de otros Consejos
en:
-
Manejo básico del computador
-
Cartografía
-
Metodologías de caracterización ecológica
-
Formulación básica de proyectos
-
Legislación y elaboración de mandatos y reglamentos
- Caracterización de cada una de las áreas de
respaldo
- Reglamentación de cada una de las áreas de
respaldo
- Taller de presentación y discusión del documento
inicial del Plan de Manejo
A partir de marzo de 2007:
- Asambleas por Consejo para la presentación ,
discusión y ajustes del documento inicial del Plan de Manejo
- Ajustes de los planes de manejo
- Publicación y distribución en escuelas,
veredas, e instituciones pertinentes.
2. Enfoque
del trabajo
Este
trabajo partió de combinar cuatro enfoques; por un lado el organizativo (el
plan de manejo de las áreas de respaldo como herramienta integral para la
defensa del territorio), el social-cultural (historia del territorio y
conocimientos ancestrales) el eco sistémico (los respaldos no como un pedazo
sino como parte integral del territorio), y el económico (los usos rentables de
la biodiversidad manejada con criterios sostenibles).
3. Proceso organizativo
- Orígenes e historia del proceso organizativo
En el 1998 se empezaron los
primeros avances para constituir el Consejo Comunitario. Se conformo una junta
sin tener ningún conocimiento que era la
Ley 70 y se hizo un proceso de lucha, por que el río Gualajo
se estaba quedando por fuera de la titulación.
Fue en ese entonces cuando a Federman Burbano lo invitaron a una reunión
en el año 2000 con los de Incora que se pudieron conseguir recursos para hacer
el censo los talleres de difusión y la asamblea para la aprobación del título
colectivo, desde ese momento se oficializo el nombramiento de la junta y el
representante legal del consejo comunitario el
20 de Agosto de 2001.
Desde ahí en adelante se han venido
haciendo talleres y reuniones veredales para difundir la ley y los avances del
proceso organizativo. Se han hecho capacitaciones a varios líderes y se han
ejecutado proyectos con la
Embajada de Holanda. De igual manera se elaboro el plan de
manejo integral y sembraron algunas parcelas en Coco, Cacao, Plátano, Madera y se
criaron especies menores.
Se sigue con la capacitación de
gente de nuestro territorio. El proceso de áreas de respaldo es una de las
herramientas para conducir a la gente a la revaloración de la cultura étnica
ancestral.
- Como el plan de manejo de las áreas de respaldo apoya el proceso
organizativo.
Se espera que las
organizaciones sea cual sea nos respeten nuestra área de respaldo ancestral natural por adaptarse a las reglas
de comportamiento del territorio
Se espera tener el respaldo de la
comunidad en caso que cualquiera quiera
intervenirla.
La
elaboración de los planes de manejo de las Aéreas de Respaldo Natural
Ancestral, aporta al proceso organizativo en la medida en que:
-
Durante su proceso se capacitó a los facilitadores
de cada río en temas técnicos considerando la lógica territorial y cultural.
-
Se inicio un proceso de acercamiento y afianzamiento
de lazos de amistad entre un grupo de jóvenes de varios consejos comunitarios,
respetando y buscando el fortalecimiento con las juntas de los consejos.
-
Se reencontró una lógica de ordenamiento territorial
ancestral, que no había sido tenida en cuenta por otras formas de expresión
como las propuestas “conservacionistas”.
Con
la socialización en asambleas, el ajuste y luego la distribución amplia de este
Plan de Manejo, en las diferentes Juntas
Directivas, veredas y escuelas, con su discusión permanente, y sus ajustes
posteriores, se pretende aportar y rescatar elementos de conocimiento
considerando la lógica cultural y territorial , para que contribuyan de esta
manera a la cualificación comunitaria y así a la defensa del territorio, a la
reafirmación cultural, en una época en que el único camino es el fortalecimiento
organizativo desde la formación de pensamiento y la generación de propuestas de
vida viables y sostenibles en el tiempo.
- El plan de manejo de las Áreas de Respaldo Natural Ancestral y su
relación con las escuelas.
Una
de las conclusiones del trabajo colectivo de este proceso, fue que el Plan de Manejo
debería ser parte de la capacitación que los maestros impartieran a los niños y
niñas en las escuelas, pretendiendo con esto varios objetivos:
Que
los niños y niñas de los ríos:
-
Conozcan más de sus territorios en términos de la
biodiversidad que aún existe en ellos, por boca de su misma gente, y aprendan a
quererlos y respetarlos más.
-
Aprendan a valorar el conocimiento de los mayores,
como una herramienta efectiva y real para manejar el territorio, no como las
habladurías de los ancianos y los padres.
-
Aprendan a valorarse a sí mismos y a reconocerse
como protagonistas de su futuro.
-
Inicien un proceso de autoafirmación y autonomía
como personas y se sientan orgullosos de sí mismos y de sus paisanos.
-
Aprendan poco a poco a valorar en su justa medida los
conocimientos externos.
Por
otro lado la construcción de las cabañas cofinanciadas por el proyecto, se hará
en lugares definidos por la Junta de cada Consejo, sirviendo entre otras cosas
como punto de encuentro de los niños y niñas del rió.
La
propuesta es que los niños y niñas de las escuelas, lo padres de familia, lo
profesores y los miembros de las Juntas de los Consejos ,participen en el
diseño y siembra de los jardines botánicos que ubicaran alrededor de cada
cabaña , este espacio pretende a futuro servir de lugar de capacitación e
intercambio de conocimientos sobre las plantas útiles ( maderables,
medicinales, comestibles, mágicas, etc.), los insectos ,las aves y demás
animales que se colecten, se fotografíen o se pinten para su observación y
conocimiento.
La relación de la Junta del
Consejo comunitario con las escuelas es una muy buena relación, ya que existe
una comunicación permanente ya que la Junta debe hacer parte del proceso
educativo.
La relación debe seguir en
constante comunicación y apropiación del área de respaldo, a través del
cumplimiento del plan de manejo. Se ha pensado hacer una biblioteca en la
cabaña para el servicio de consulta y para la educación de los niños
4. Historia Natural y Cultural del Poblamiento
- Antecedentes
prehispánicos
Estudios arqueológicos han demostrado, como los manglares
del Pacífico Sur, han sido desde tiempos prehispánicos áreas estratégicas para
el desarrollo de diversas culturas. Los vestigios hallados referencian
presencia humana en los manglares desde el año 7.000 antes de Cristo.(
Bravo 1998).
Está investigación histórica, podría valorar por ejemplo,
la diversidad cultural existente en ese entonces, el manejo de zanjas y
camellones para la producción en zonas con flujos de marea muy altos, la
composición y manejo de los huertos cercanos a las casas que utilizaban la biodiversidad
de la selva, la existencia y transformación de muchos componentes de la fauna y
de la flora a través del tiempo, la adaptación climática de los sistemas
constructivos, etc. Estos elementos podrían arrojar pautas interesantes
y validas para las propuestas actuales de Conservación, Zonificación y
Manejo Productivo.
- La resistencia
indígena
A su llegada los conquistadores, se encontraron con una
diversidad de pueblos indígenas que habitaban las tierras bajas del litoral,
(Barbacoas, Iscuandé, Abades, Tumas, Nulpes, Chipanchicas, Guapios y
Sindaguas),[3]
que opusieron una feroz resistencia, lo que retraso la consolidación de la
colonia casi un siglo (Barbacoas fue fundada en 1621 y Pasto en 1534 y la
dominación de los indígenas pastos y quillacingas de la sierra Nariñense se
hizo cien años antes). La actitud guerrera y belicosa de los Sindaguas les gano
el calificativo por parte de los cronistas de “indios caribes y comedores de
carne humana”(Llano 1998.)
Los españoles intentaron someter a los indígenas haciendo
expediciones armadas desde la sierra (por la vía madrigal – hoz de minama –
Iscuandé, por la vía Tuquerres - Mallama, etc.) , después de múltiples y
fallidos intentos el General Teniente de Gobernador Francisco de Prado y Zúñiga
asesina a los principales caciques y reduce al trabajo de la minería a los
indígenas que nos logran escapar al monte.[4]
Y Se abrió finalmente el camino Pasto – Barbacoas para transitar a lomo de
indígena mercancías y hombres desde la sierra nariñense – camino de seis días
desde Tuquerres a Barbacoas, que fue durante muchos años la comunicación de Pasto
con el mar.[5]
Estas citas ponen de manifiesto la tenacidad de los
indígenas de la época y por otro lado el imaginario de zona inhóspita y mal
sana con el que se empieza a representar al Pacífico desde ese momento y como
se fue posicionando en la conciencia nacional, para irse convirtiendo en uno de
los mitos con que se percibe al Pacifico Colombiano y desde el cual se margina
y excluye.[6]
Como lo plantea West el geógrafo Norteamericano que viajo por el Pacífico
Colombiano, “desde la colonia la gente de
la zona Andina le ha tendido un miedo exagerado a las tierras bajas del
Pacífico, debido principalmente a la reputación que le han dado sus
enfermedades, sin embargo debe quedar claro que está región no está más
agobiada por la enfermedades que las demás zonas del trópico húmedo de Sur
América y que es probable que lo esté menos que ciertas zonas con el mismo
clima situadas en el África Occidental y Asia ”[7]
- La
explotación minera – La disminución de los pueblos indígenas y la llegada
de los Ancestros Africanos
Es a partir de 1600 y una vez que han sido sometidos los
indígenas, que se inicia el reparto de tierras por parte de los españoles. La explotación del oro fue la que articulo el
“desarrollo” económico, ya que desde los enclaves mineros se apoyaba logísticamente
la explotación de los ríos y la relación con el exterior. Es así como desde
Barbacoas y Santa Bárbara de Iscuandé fundada en 1620 y 1600, se manejo la
relación con la sierra, a través de las cuencas de los ríos Patía y Sanquianga.
(Ariza, Llano 2005).
De Granda (1993), Ariza y Llano (2005) y Colmenares 1976,
coinciden en que la población indígena sometida después de las prolongadas
guerras, fue la encargada de explotar las minas de oro y de realizar
extenuantes jornadas de transporte de carga y de personas. Fueron estos
trabajos forzados asociados con enfermedades, la causa de la paulatina
disminución de la población indígena, lo que ocasiono la reducción en la
extracción del oro, en la mayoría de las explotaciones auríferas del nuevo
Reino, incluidas las minas de Santa Bárbara e Iscuandé.
De forma casi paralela a esta coyuntura, el rey Felipe II
de España, anexa a Portugal y con ello las empresas establecidas por los
portugueses en África y la flota de barcos “negreros” que les pertenecía, a través
de la cual llevaban varios años comerciando con africanos cautivos. De esta
manera Felipe II había encontrado así la solución al problema de cómo
reemplazar a los indígenas que morían en las minas y cuyo exterminio afectaba
los intereses económicos del imperio. Maya R. Luz Adriana (1998).
A partir de entonces y hasta 1640, Cartagena se convirtió
en el principal puerto de entrada de seres humanos esclavizados de América
Hispánica, negocio que estaba estimulado y legitimado por el contrato
denominado “asiento de negros” a través del cual el “asentista” debía proveer
al nuevo reino de un número de esclavos por año y a cambio podía establecer el
monopolio de ese comercio.[8]
Maya R. Luz Adriana (1998).
De acuerdo con Del Castillo 1982, los africanos deportados
salvajemente provenían del África Occidental
de regiones comprendidas entre el Senegal y la Sierra Leona actuales, se
les nombro con el término “guineos” a los siguientes grupos (iolofos,
berbesies, mandingas y fulos , también llegaron fulupos, banunes, bootes,
cazangas, banunes, branes, balanzas, biafaras , biojos, nalus, zapes, cocolies
y zozoes) [9]
, también procedían de Bosques Tropicales como la gente bantú o de entornos de
Selva Húmeda tropical como la gente Ewé, Akán
Popós e Ibo.[10]
La Clasificación por
procedencias, que hacían los esclavistas en el momento de la negociación, ayudo
a recuperar la identidad étnica, la individualidad, de la pertenecía a un grupo
humano y a un territorio a buena parte de los Africanos que llegaron a
Cartagena para ser distribuidos en el nuevo reino, lo que aporto, a pesar de
las terribles condiciones de sumisión, a la re conformación de grupo familiares
y expresiones culturales, que con algunas trasformaciones hasta hoy se
mantienen. (Romero 1998)
Esa introducción forzada de los
Africanos, inicio una segunda etapa de la explotación minera y Popayán
reemplazo a Cartagena como centro de comercialización de esclavos y el Pacífico
se convirtió poco a poco en la colonia española que mas oro producía , lo que
la caracterizo por muchos años más. (Bakewelll 1984. citado por Leal y Restrepo
2003). La apropiación colonial del Pacifico se consolido desde Barbacoas e Iscuandé,
desde donde se comercializaba con Pasto, Popayán y Cali. La gran riqueza
siempre salió de la región hacia la zona andina y sus valles, consolidando
desde ahí las grandes fortunas de algunas familias como los arboleda (Popayán)
o los Caicedo (Cali) para esa época Tumaco y Buenaventura no tenían más
importancia que la de servir como pequeños puertos de intercambio entre los
ríos.[11]
- El poblamiento
de las tierras bajas
El siglo XVIII está marcado por
la avanzada de cuadrillas de esclavos para la apertura de minas en los ríos del
Pacífico[12]
, con esto se impulsa el poblamiento negro de zonas diferentes a los centros
mineros ya existentes. De igual manera
se conforman núcleos poblacionales compuestos por libertos o cimarrones,
proceso que se acelera con la supresión de la esclavitud en 1851.
Es importante para la historia
de la región, referenciar la existencia de territorios libres o palenques, en esta
zona de acuerdo con la investigación de Vargas 1998, en la región de influencia
del medio Patía existieron dos palenques uno en el río Iscuandé y otro en la
sabana o alto Patía. Varios relatos de
gente de la región, citados por Vargas, muestran como estos palenques
definieron comportamientos, usos del territorio, exclusión de los blancos y
relacionamiento con pueblos indígenas, contacto este que forjo las adaptaciones
cimarrones.
El campamento minero, fue otra
forma de poblamiento de las tierras bajas de la región, con organización para
el trabajo (cuadrillas y capitanes), estos espacios propiciaron la mezcla entre
indígenas, blancos y negros. En este proceso los indígenas continuaron perdiendo
sus tierras ancestrales a pesar de la resistencia que ofrecieron algunos como
los Awa. Que ahora tienen resguardos en zonas más altas.
De igual manera los negros
libertos iniciaron la explotación de minas y se generó una competencia con los
blancos que termino muchas veces en pleitos jurídicos.
El poblamiento masivo de los
ríos, empezó a mediados del siglo XIX (1850) y continúo durante la primera
mitad del siglo XX en Patía, Patía Viejo y Nansalbí, raíz de la abolición de la
esclavitud que empieza a regir desde el 1 de enero de 1852, dentro del gobierno
de José Hilario López, sin embargo, como afirman algunos investigadores, la
mayoría de los esclavos del Pacifico Sur compro su libertad, trabajando los
días de descanso o feriados. Esta situación se dio debido a la posición de
frontera, al poca gobernabilidad que podían ejercer los esclavistas por la
distancia, por el gran número de esclavos, por la movilidad constante hacia las
minas, etc. [13]
Sin embargo la libertad había
que tramitarla, hasta que el gobierno pagara a los “dueños” de los esclavos,
estos últimos no recibían ningún derecho especial y debía salir a buscarse la
vida. La forma más fácil fue salir a buscar tierras baldías en los ríos más
apartados o pagar por las antiguas propiedades de los dueños de Barbacoas.
Por esta razón la mayoría de
los abuelos de los pobladores de las zonas bajas de los ríos Guapi, Iscuandé, Tapaje, Patía, Sanquianga, Mataje,
Rosario, Changüí, Mira, Gualajo, Tablón dulce, Tablón salado, Caunapí,
Imbilpí del Carmen, etc. provienen de Barbacoas e Iscuandé. De acuerdo con el
geógrafo West 1956.
El sacerdote carmelita José
Miguel Garrido (1981) (citado en Almario y Castillo 1996), identifica dos rutas
utilizados por los negros de Barbacoas e Iscuandé en su afán de encontrar
tierras para localizarse con ocasión de
la ley abolicionista. La primera toma la dirección norte-sur desde
Iscuandé hasta la isla del gallo, aprovechando las playas, bocanas y esteros;
la segunda, parte de Barbacoas tomando el Patía abajo hasta la isla del Gallo y
se extiende hasta el norte del Ecuador en la provincia de Esmeraldas. Sin
embargo, el poblamiento de las tierras bajas del Pacífico nariñense por parte
de los negros esclavizados durante los
doscientos años del auge minero en los enclaves mencionados, tuvo otras
modalidades[14].
Sien embargo otros
investigadores, también plantean que existe otra ruta de poblamiento que se dio
cuando comerciantes de Cali, Buga y Popayán llegaron desde Buenaventura y se
establecieron en Mosquera, Guapi e Iscuandé con sus esclavos a explotar las
minas de Sanabria, Tapaje y la Tola y una vez planteada la abolición de la
esclavitud ocuparon o adquirieron tierras y playas.
De acuerdo con Garrido 1981 y
West 1957, las migraciones de gente de Barbacoas se dirigen hacia los ríos Bajo
Patía, Sanquianga, Rosario, Changüí y Mira, Llano (1998) muestra como las
familias de los señores Lucas Ortiz, Simón Castillo, Aparicio castillo,
Salvador Cuero, Eusebio Alegría y Santiago Montaño se establecieron en la parte
baja del río y los señores Sixto Angulo, Matías Biojó, Benito Olaya y Fabián Sevillano
procedentes de Barbacoas y Magui se localizaron con sus familias en la parte
alta del río. Los pocos indígenas que quedaban en la parte baja, migraron hacia
las zonas más apartadas de la cordillera.
A medida que transcurría el
tiempo, las migraciones hacia las zonas bajas se intensificaron y fueron
ocupados cada vez más los cauces de los ríos, ya que los espacios ínterfluviales, eran más pendientes,
difíciles para el tránsito y menos fértiles. Está colonización ya no fue
promovida por el oro, aunque la gente seguía “mazamorreando” como hasta ahora,
si no por una propuesta agrícola-fluvial de parte de los negros y agrícola-ganadera
de parte de blancos y mestizos, estos dos modelos de ocupación son propuestas
encontradas que representaron hasta hoy en el Pacifico Sur el origen de
conflictos. (Hoffmann 1999)
Como resultado de la crisis de
la extracción del oro, las familias más pudientes emigraron a Cali, Popayán y
Pasto, sin embargo otras familias descendientes de españoles se quedaron en la
región y migraron hacia la línea de costa , es el caso de los “culimochos”, que
se asentaron en la tierras bajas , por varios motivos, el primero por poseer
escrituras de esos territorios que datan de 1789, en las cuales está la
historia del poblamiento , de los fundadores y las normas para los que vivían
en playa mulatos que antes incluía a Vigía y Amárales[15].
En un censo de 1782 aparece
registrada la población de Tumaco especificando cada una de sus jurisdicciones,
lamentablemente este no ofrece información sobre la composición étnica de sus
habitantes, pero si ofrece pistas sobre la distribución poblacional que da
cuenta de la antigüedad de algunas veredas que conservan su nombre hasta la
actualidad y que hacen parte de los Consejos Comunitarios. [16]
Ello es importante en la medida
en que sirve de referente para establecer la ancestralidad de las comunidades.
Pero más aún, en un mapa de 1750 del geógrafo y gobernador de Esmeraldas Pedro
Vicente Maldonado, se registran los ríos Rosario, Mira, Tablón, Imbilpí y mejicano,
unos pertenecientes a esta provincia y otros a la gobernación de Popayán[17].
Entre las situaciones
históricas que marcaron este proceso de poblamiento podemos identificar, además
de lo ya señalado, dos momentos importantes que inician con el siglo XX. Estos
momentos son:
1)
a
guerra de los mil días entre 1900 y 1902, donde zonas como Barbacoas y Tumaco
fueron centros estratégicos de combate, lo cual movilizó población negra hacia
la cabecera de los ríos en busca de refugio y mejores posibilidades de vida.
2)
Los
fenómenos naturales también provocaron movimientos de población negra de otras
regiones hacia estos territorios, como fue el caso del terremoto maremoto de de
1906 que afectó en gran medida los municipios de la Costa Norte de Nariño, por
lo cual muchas familias se trasladaron de municipios como El Charco, Iscuandé y
Mosquera y se ubicaron en estas tierras.
- Primeros pobladores del Rió Gualajo y proceso de poblamiento
De acuerdo con el documento del
Plan de Manejo Integral del Rió Gualajo, el proceso de Poblamiento de este río
teniendo en cuenta las fechas de fundación de las veredas más antiguas, se
inicio a mediados del siglo XIX; las primeras comunidades que se constituyeron
en el territorio fueron Guabal en el año de 1850 y Barro Colorado en 1860; la
razón que motivo a los primeros pobladores llegar a estas tierra fue la
búsqueda de mejores territorios y oficios diferentes a la minería.
Fecha de
fundación y primeros pobladores de las veredas del Consejo Comunitario Río
Gualajo
VEREDAS
|
FECHA DE FUNDACION
|
PRIMERO POBLADORES
|
ACTIVIDAD QUE SE DEDICABAN
|
GUABAL
|
1.850
|
Astolfo
Castro y Don Ventura
|
Pesca,
agricultura y minería
|
BARRO
COLORADO
|
1.860
|
Pesca,
agricultura, cacería, y minería
|
|
SAN
AGUSTIN DEL CARMEN
|
1.915
|
Agricultura
y minería
|
|
GUACHIRE
|
1.928
|
Cultivo
del coco, comercialización del caucho y la tagua, labranza y minería
|
Fuente:
Documento de solicitud de titulación colectiva
La ruta utilizada fue atravesar
en canoas impulsadas por velas, los
esteros, el mar y caminos hasta llegar al territorio. Los pobladores
llegaron atraídos por la disponibilidad de tierras para la agricultura, dada la
riqueza agrícola que abundaba en la región; fue así como se dedicaron a los
cultivos de coco, plátano, maíz, arroz, cacao, caña y frutales, como también la
venta de tagua y caucho negro, que durante algún tiempo dieron auge comercial a
estas tierras; estas actividades se complementaban con la pesca y la cacería[18].
Los
fundadores de las veredas del Consejo comunitario Río Gualajo, fueron don
Alfonso Castro y don Ventura, a mediados del siglo XVIII se empezó a constituir
el río en sus 4 veredas que son:
Guabal
año 1850
Guachire
año 1928
Barro
colorado año 1860
San
Agustín año 1915
Los primeros pobladores del río
Gualajo se asentaron en un caserío conocido como el Salto a mediados del siglo
XIX
San Agustín “El Salto” 1820
Barrocolorado 1830
Guachire 1870
Guabal 1871
Las personas mayores que hay en
el consejo comunitario del río Gualajo
estudiaron en la vereda de San Agustín porque era el único centro
educativo en ese entonces.
Otras de las primeras actividades
económicas era la cascareada de mangle
para venderlo en el municipio de Tumaco y la labranza de madera para uso
doméstico y comercial para construcción de vivienda.
Según
dicen que el nombre del río y de las veredas, se eligieron a través de un mito
y una leyenda. En esa época el
territorio se manejaba de una manera muy ordenada, porque existían reglas de
comportamiento que todos conocían sin necesidad de estar escritas, por ej.:
Tiempo para tumbar la madera, diámetro, tiempo para la siembra, distribución de
los lugares para hacer vivienda, etc.
Las
primeras familias que llegaron al territorio en búsqueda de una vida distinta a
la minería, fueron llegando a través de embarcaciones con velas.[19]
5. El Área
de Respaldo Natural Ancestral como elemento
de reafirmación cultural
Por antigüedad ese monte tenía su historia, mitos, leyenda y
actualmente las sigue teniendo por estar retirado de las veredas y creemos que
es importante seguir conservándolo. Esto sirve para seguir conservando toda su
historia y toda su ancestralidad, para que todos los habitantes del territorio se apropien de
ellas.
Es útil conservar la
biodiversidad pero más que eso conservar la tradición de los pueblos, el área
sirve como centro de aprendizaje y conocimiento para los jóvenes.
- Reencuentro con las formas tradicionales de planificar el
territorio
Las áreas de que trata este plan
de manejo, como parte de la naturaleza, son parte de un todo, por lo tanto son interdependientes y
complementan el resto del territorio, tienen además una estrecha relación con
la historia natural de la región y con el desarrollo cultural de las
comunidades que desde hace muchos años habitan estos espacios.
Se han denominado Áreas de
Respaldo Natural Ancestral, debido a los aportes de los mayores en los diferentes
encuentros que propicio este proyecto. De está manera se vuelve a valorar en la
práctica del ordenamiento, la mirada de los ancestros sobre el territorio.
El conocimiento, la comprensión
y el respeto de las diferentes formas de manejar la tierra que tenían los
ancestros, hará que poco a poco estas prácticas dejen de ser solo el recuerdo de
las conversaciones con los padres y abuelos y se conviertan nuevamente en las
propuestas de manejo de los espacios colectivos. Este proceso hará que estas
prácticas se rescaten, afianzando los valores culturales que se han ido
perdiendo y reafirmando la cultura negra de cada río.
Está reconstrucción de los
símbolos culturales de manejo de la tierra, no significa el desprecio hacia
la ciencia occidental, ya que es usando los argumentos de la “Conservación”
y el “uso sostenible” que se retoma la propuesta de las Áreas de Respaldo
Natural Ancestral, como espacios para proteger para el futuro. El camino es
aprender lo que la nueva tecnología ofrece, pero tener criterios para saber
escoger.
A diferencia de la propuesta
“occidental” de conservación, basada en el aislamiento de zonas, en el control
y la vigilancia, en la protección de pequeñas áreas, o en la división entre lo humano
y lo natural; esta propuesta basada en la administración activa de estos
territorios de respaldo natural ancestral, parte de la búsqueda y de la
valoración del conocimiento que sobre el monte aún tienen los mayores.
- El conocimiento ancestral y el conocimiento “occidental”
Algunas reflexiones, deben
primero aproximarse a la discusión central, la cual pretende evidenciar que el
análisis y ojala las transformaciones de los territorios, deberían hacerse
desde el estudio y la comprensión de la relación de los ecosistemas con las
culturas que los habitan, para que de esta manera fueran más integrales.
Cuando los análisis de los
espacios geográficos se hacen desde esa mirada del “territorio”, no solo se
expresa la presencia de ecosistemas y sus componentes (arreglos interrelacionados
de especies de plantas y animales en asocio con elementos del suelo, el clima,
el relieve, etc.) si no que se visualizan también los aportes físicos y
simbólicos que los grupos humanos hacen a esas porciones de tierra que antes
eran solo paisajes. De esa manera se tienen elementos para el manejo que parten
en primera instancia de esta relación y no solo de lo que expresan los
técnicos.
La gente que creció y habita los ríos del Pacífico, tiene
una clara clasificación a través de la cual ubica y le da nombre a sitios, que
además tienen diferentes usos y características. Este conocimiento se ha
enriquecido y ha pasado de generación en generación y ha permitido que las
comunidades adopten prácticas de uso, manejo y protección de los recursos
naturales. En esta medida son acordes con su desarrollo cultural.
Sin embargo, existen una buena
cantidad de propuestas hacia los ríos del Pacífico, que han hecho que la gente
se sienta avergonzada de los conocimientos tradicionales y que poco a poco se
hayan dejado conquistar con el discurso técnico, que “enredo” a
la naturaleza y a la vida social, expandiendo conocimientos “expertos”, que han reemplazado de manera
drástica en la mayoría de sitios los saberes tradicionales y los sistemas de
relación con la naturaleza que existían.
En
este sentido se han “tecnificado” muchas prácticas culturales que antes eran
articuladas por sistemas y se han transformado algunas en propuestas operativas
que regulan la vida social e individual. (Escobar y Pedrosa -1996)
Se
citaran dos situaciones, como ejemplo de las afirmaciones anteriores: Antes se
rozaba el monte para el tapao de maíz, este era un evento comunitario donde se
departía, se trabajaba y se pasaban conocimientos de una generación a otra,
antes se acompañaba al abuelo o al padre al monte y se conocían con ellos los
pájaros, las plantas medicinales, las frutas, las raíces y hongos comestibles,
las historias, etc. Ahora ya el maíz chococito que entre otras resistía el
exceso de humedad, que no necesitaba fertilizantes, ha desaparecido, si se
quiere sembrar maíz hay que comprar semilla mejorada traída del interior ( que no aguanta humedad y no se puede
sembrar al voleo); las salidas al monte se hacen cada vez menos, porque ya los
jóvenes están interesados por otras cosas y se quieren ir a Tumaco a Cali o a Bogotá , a buscar nuevos
horizontes y también porque el monte es cada vez más lejano por la tumba.
Ahora
las propuestas de la ciencia se basan en inventarios forestales para
aprovechamiento tecnificado, monocultivo de Cacao y más recientemente
monocultivo de Coca, etc.
Frente
a esta problemática, no se trata sin embargo de asumir una posición soñadora ,que
deje a la gente solo con lo tradicional, lo ancestral y señale como malo lo que
trae la ciencia occidental, el reto es, tejer
combinaciones desde el respeto a la diferencia, construir de manera
participativa y con manejo de información criterios de sostenibilidad desde lo
ecológico, desde lo económico y desde lo social ( organizativo y cultural) que
sean apropiados por la gente para generar desarrollo social diferenciado y en
armonía con un medio natural heterogéneo y frágil , para poder estructurar y
ejecutar propuestas de ordenamiento que incluyan espacios para la conservación.
La
ubicación, caracterización, reglamentación y zonificación de las Áreas de
Respaldo Natural Ancestral, podrían convertirse en una alternativa para la
protección y al desarrollo de los territorios porque:
- Recuperan y valoran, a través de mandatos y
reglamentos de los Consejos Comunitarios una figura de manejo territorial
ancestral.
- Por que proponen una estrategia pedagógica
con los niños y niñas de los ríos a través de la interacción con las
escuelas.
- Por que servirán para intercambio de
conocimientos entre mayores (monteadores, cazadores) y jóvenes sobre usos
de la biodiversidad.
- Por que proponen la protección de espacios de
importancia biológica, pero de igual manera el uso racional de los
productos de la biodiversidad que existen en esas áreas.
- Porque con su protección se aporta a la
conservación de espacies amenazadas y del suministro de agua dulce para muchos
consejos.
- Por que aportan conocimiento sobre especies
que podrían conformase en arreglos productivos de altos ingresos en
cadenas de exportación ( flores tropicales, mariposas, insectos, zoo cría,
frutas exóticas como el bacao, el borojo, el almirajo, la piñuela, el
caimito, la pepa de sábalo, la coronilla, la papayuela, el icaco, el
mamón, etc.)
- Por que aportan conocimiento para el manejo,
protección y/o comercialización de especies animales (conejo de monte,
pájaros, mariposas, cucarrones, tatabro, etc.)
- Porque podría propiciar la creación de otras
alternativas como el ecoturismo, la producción y venta de agua, el
turismo científico como avistamiento de aves, etc.
Los habitantes del pacífico,
han visto desde siempre como sus recursos naturales son extraídos desde sus
territorios, el oro, la tagua, el naidi, la madera o como se introdujeron desde
otras latitudes especies de plantas ( coco, cacao) que fueron asumidas primero
por los ancestros como parte de las “fincas” que producían lo necesario para
comer y vender ( a Tumaco la gente solo iba por sal, velas, pólvora y
fósforos), ahora estos cultivos con la aplicación de los modelos de producción
occidentales ( monocultivos, clones, fertilización , control de plagas, etc.) ,
son el espejismo de la “riqueza” que nunca llega y que significo la
desaparición de los otros cultivos de pancoger y la dependencia de los mercados externos para la
comida cotidiana.
Estas nuevas tecnologías, con
varios años de aplicación no han logrado posicionar relaciones equitativas de
mercado y han borrado la memoria productiva que se encierra en la complejidad
del monte. Por último la coca y la palma africana amenazan y mancillan los
territorios, reduciendo aún más la diversidad natural, disparando nuevas
poblaciones de enfermedades y plagas, acabando con los pocos bosques que aún
quedan y debilitando la gobernabilidad en los territorios.
Estas propuestas de la ciencia
, que no han mostrado si no fracasos en estos ecosistemas pluviales y
tropicales, y por otro lado han desplazado, ridiculizado y casi aniquilado el
gran cúmulo de conocimiento sobre el monte, que poseían los viejos, han borrado
la memoria colectiva y han guiado a las nuevas generaciones a un camino de
engaño, pobreza y sometimiento, perpetuando la baja autoestima, la incredulidad
en las propias capacidades y la negación de las virtudes y posibilidades, del
monte…….de las áreas de respaldo.
La ciencia occidental no se ha
ocupado de investigar si no en el 2% de las especies de estos territorios, no
conoce nada sobre el almirajo, el bacao, el borojo, la chigua, el sapotolongo,
la pepa de pan, el chapil, entre otros y
muy poco sobre las especies del monte el maría, el chacajo, el pandala…..y casi
nada sobre los pájaros y animales de monte….…..etc.
Las Áreas de Respaldo Natural
Ancestral, son pues la esperanza para el desarrollo propio, para la
conservación y reafirmación de la cultura….estos espacios fortalecen y
actualizan la relación monte-río-mar-casa “aseguran” y “respaldan” el futuro, con la provisión
permanente de agua, presas de cacería, pájaros distribuidores de semillas,
espacios para la existencia de la tunda y de las frutas de monte, espacios para
recrear la vista y la vida.
- Los “respaldos”
y el manejo de la biodiversidad para el futuro
Visualizar los respaldos como
las áreas de mayor biodiversidad que hay que proteger es también entender como
el conocimiento de los mayores está vigente, es entender la importancia de la
cultura, es mirarse con orgullo es retomar la autonomía.
El conocimiento y manejo de los
“respaldos” o territorios de reserva, puede ser la base para el desarrollo de
una manera más autónoma, más rentable y más ecológica de manejar el territorio.
A continuación se hace muestran
los sistemas convencionales más utilizados en la zona y lo que podrían ser
propuestas alternativas desde el conocimiento y uso de la biodiversidad existente en las Areas de Respaldo
Natural Ancestral.
TECNICA
CONVENCIONAL
|
PROPUESTA
BASADA EN LA BIOVIVERSIDAD
|
Sistemas
agroforestales actuales, promovidos en varios ríos de la zona, que trabajan
con máximo cuatro especies ( Plátano, Clones de Cacao y maderables) –
Simplificación
del ecosistema
|
Sistema de
utilización del monte, aprendiendo sus dinámicas para plantar y enriquecer
huertos habitacionales con especies frutales como el Bacao, la guayaba agria,
Borojo , Paco, Almirajo, Caimito, Ciruelo, Chirimoyo, Chontaduro, Árbol del
Pan , Sapotolongo, Guabas, Hobo,
Marañon, Mamey, Zapote y muchas mas que inclusive han sido olvidadas por las
nuevas generaciones.
|
Palma
Africana de Aceite, Coco y Cacao en
monocultivo
|
Palmas de
Amargo, Cecilia, Chalar, Chapil o mil pesos, Cocoroma, Corozo, Chontilla,
Guante, Guinul, Pambil, Chacarrá, Quitasol, Real, Tagua Zancona y muchas
mas La calidad de la de la proteína de la mil pesos es superior
o comparable a la mayoría de las fuentes utilizadas por el hombre para su
alimentación
|
No se mostró por ejemplo la
diversidad de especies animales (mamíferos, roedores, aves, etc.) que son parte
de la vida de la región, del disfrute del paisaje y de la alimentación de las
comunidades y sobre las cuales también hay que trabajar para conservarlas y
para usarlas adecuadamente.
El siguiente cuadro se muestra
una comparación, entre los sistemas convencionales y los basados en el uso de
la biodiversidad y en la revaloración y ajuste del conocimiento ancestral.
SISTEMA
CONVENCIONAL
|
SISTEMA
BASADO EN LA REVALORACIÓN DEL CONOCIMIENTO ANCESTRAL Y LA BIODIVERSIDAD
|
Utiliza baja mano de obra
|
Utiliza alta mano de obra familiar o comunitaria
|
Monocultivos
|
Policultivos - menor
incidencia de plagas y enfermedades – se intenta reproducir la diversidad del
monte.
|
Base genética
especializada – Clones , variedades mejoradas que exigen fertilizantes e
insumos
|
Base genética
diversificada – variedades nativas adaptadas con menor producción pero menor
exigencia – relación costo beneficio es mejor
|
Separación entre
componentes – simplificación del ecosistema
|
Integración de componentes
|
Sistemas estandarizados –
paquetes tecnológicos para reproducir
|
Sistemas adaptados
localmente
|
Tecnología especializada –
altos insumos
|
Tecnología de bajos
insumos
|
Se privilegia rendimiento
y velocidad
|
Se privilegia calidad y permanencia
|
Se desconoce la tradición y la cultura
|
Rrevaloración critica de tradición y cultura
|
Utiliza baja mano de obra
|
Utiliza alta mano de obra familiar o comunitaria
|
Hay investigación con muchos recursos
|
No hay investigación
|
Poco o nulo reciclaje
|
Alto grado de reciclaje
|
Sin procesos de transición
|
Con procesos de transición
|
Se diseñan paquetes tecnológicos
|
Se diseñan sistemas
|
Indicadores individuales y aislados
|
Indicadores de sostenibilidad integrados
|
Proyecto productivo
|
Proyecto de vida
|
Basado en individualidades
|
Basado en procesos colectivos
|
Ordenamiento de lotes
|
Ordenamiento ambiental amplio
|
Alta y/o media labranza
|
Baja labranza – conservación de suelos
|
Semillas hibridas, trasgenicas y/o importadas
|
semillas locales
|
Nula integración de otros
componentes
|
Integración de componente
animal, acuático, agroforestal, etc.
|
El manejo de “plagas” y “malezas” es químico o biológico o con plantas
“mejoradas”
|
Se manejan con rotación, competencia, resistencia horizontal
|
Los nutrientes se adicionan con químicos o abonos orgánicos
|
Se reconstruye el suelo
|
El agua se maneja con
riego artificial
|
Se usa riego artesanal, observancia de climatología
|
Los anteriores ejemplos son un
argumento más para creer en lo propio, pero sobre todo para que el manejo y
reglamentación de las Áreas de Respaldo Natural Ancestral, puedan ser la base
de un sistema de investigación-acción propio que desarrolle capacidades locales
y pueda plantear alternativas viables desde lo económico, lo socio-cultural y
lo ecológico, no solo ante las propuestas convencionales de desarrollo, si no
frente a problemas como los cultivos de uso ilícito.
“Las Áreas
de Respaldo Natural Ancestral, son la despensa de la vida ahora y hacia el
futuro.”
- Importancia
natural
Que muchos de los
jóvenes pueden conocer flora y fauna que
no llegaron a conocer.
- Importancia
Cultural
Que podemos crear un
concepto de aprendizaje e investigación, y muchas plantas medicinales para el
servicio de la comunidad.
- Importancia
Económica
Porque podemos extraer
muchos productos no maderables. Hacer un sitio turístico para hacer ecoturismo,
pero lo más importante unas buenas
investigaciones que nos generen recursos y nos haga apropiar de lo que tenemos
en nuestras áreas de respaldo ancestral natural.
6.
Percepción integral
del territorio
- Lugares y
paisajes
El río Gualajo, como el resto
de ríos que drenan sus aguas a la ensenada de Tumaco, tiene varios paisajes en
su territorio. Estos están descritos en el Plan de Manejo Integral, aquí se
referenciarán y se ubicara la zona definida para ubicación de las áreas de
respaldo natural ancestral La cascada y el rescate del conocimiento ancestral”.
Las Unidades de paisaje, o
areas relativamente homogéneas o perecidas son:
Planicie
fluvio - marina (Pfm)
La planicie fluvio - marina (Pfm)
es plana y paralela al Océano Pacífico; al iniciar en la desembocadura del río es ancha y, se va
estrechando durante su recorrido hasta prácticamente desaparecer a la altura de
la vereda el Guabal. Comprende todas las
áreas planas inundadas e influenciadas por las aguas saladas y salobres, es
decir, las playas, cordones, bajos recién sedimentados, laguna costera,
estuarios, esteros y manglares. [20]
Está planicie está compuesta por
asociaciones vegetales tales como:
-
Manglar: De estos se extraían los productos que se
encontraban en él, a veces se cortaba leña, pero solo hace poco tiempo para acá
se utiliza para la explotación de madera y uso comercial.
-
Guandales: Estos existían mucho, pero casi todo era
utilizado porque allí se hacían todos los trabajos de siembra, de cultivos de
pancoger.
-
Natales:
Eran bastante abundantes antes de la siembra de coco y estos fueron
desapareciendo cuando se empezó a cultivar este producto.[21]
Algo
para destacar era que las mareas eran bajas antes del terremoto, pero cuando
sucedió esto aumentaron demasiado.
Llanura
aluvial (Lla):
La llanura
aluvial en la micro cuenca del río Gualajo es casi imperceptible, debido a que
la longitud de cauce del río es corta, y es en su gran mayoría influenciada por
aguas saladas del flujo y reflujo de las mareas y, de otra parte, las colinas
bajas bordean al río muy cerca de su cauce, sin embargo se pueden diferenciar
algunas áreas pequeñas planas de desborde, ellas son:
- Diques: Es una franja
muy imperceptible en el territorio del Consejo Comunitario Río Gualajo; se
localizan bordeando los firmes que por lo general no se inundan por acción de
las mareas; su vegetación natural ha sido reemplazada por cultivos como el
cocotero, plátano y en menor proporción el cacao.[22]
- Pantanos de agua dulce
(Guandales): Son las áreas planas y plano-cóncavas, que se localizan después de
los firmes y de diques, dichas áreas permanecen húmedas y a veces encharcadas,
por efecto de las mareas y las lluvias. Actualmente la gran mayoría del paisaje
de la llanura aluvial de desborde está intervenido en agricultura y es donde se
encuentran la mayor parte de las plantaciones de cocotero. [23]
Colinas bajas
Las colinas son áreas quebradas
con alturas hasta los 200
metros y pendientes menores a 15%. En el territorio del Consejo aparecen a la
altura de la vereda Guabal y se levantan en forma paralela al cauce del río
hasta su nacimiento; en la parte sur, en donde las colinas son más elevadas, se
convierten en una barrera que impide que las aguas procedentes del océano penetren
más hacia el territorio. En este
paisaje, la población desarrolla prácticas tradiciones de producción agrícola,
especialmente coco, cacao, plátano y otros cultivos de pan coger.
- Caracterización
ecológica del área de respaldo.
Para realizar la
caracterización de las Áreas de Respaldo Natural Ancestral definidas por el
Consejos Comunitario del Río Gualajo se llevaron a cabo los siguientes pasos:
a.
Acopio
de información cartográfica, planos generados por imágenes de satélite. Los cuales
están el CDS y mapas de papel.
b.
Verificación
de campo; se hicieron visitas guiadas por el coordinador ambiental de Recompas
y visita de caracterización: elaboración de plano a mano alzada donde se
volvieron a identificar los límites de los territorios de respaldo y se tomaron
varias fotografías.
c.
Caracterización
de los diferentes fragmentos de conservación: linderos, estado de conservación,
cobertura vegetal, estructura vegetal, especies dominantes en dosel y
sotobosque, especies de fauna relevante, zonas de importancia para las
especies, hidrología, suelos, relieve, impactos.
d.
Desarrollo
de la ficha de Caracterización e ingreso a la Base de Datos.
e.
Elaboración
de plano en SIG sobre estado actual de los territorios de respaldo.
Queda pendiente hacer la corrección
en la base de SIG.
- Como está ahora
el territorio del área de respaldo natural ancestral
En el pasado el área de
respaldo ancestral natural, tuvo varios usos:
Se hizo uso indiscriminado de
corta de madera para uso doméstico comercial. Todo esto sucedió porque en las
épocas antiguas donde se murió el coco por primera vez, el área de respaldo
sirvió para sanar las necesidades de la población. En ese entonces se empezó
una tala de madera comercial como chaquiro, chanul, pandala. En ese lugar se han
conseguido los animales más escasos de nuestro territorio.
- Hacia dónde va
el
territorio del área de respaldo
natural ancestral – escenario tendencial
Si no se protege a través de
mecanismos organizativos, ejerciendo la autoridad territorial de la Junta del
Consejo, con el respaldo de la comunidad
y del gobierno, es muy probable que en unos años el territorio de respaldo este
deforestado, con cultivos de uso ilícito, afectado por las fumigaciones o
utilizado de manera irracional por miembros de la comunidad o forasteros.
- Hacia donde
queremos que vaya el
territorio del área de respaldo
natural ancestral – escenario deseado
Esta área es para darle un uso
racional y sostenible, para que de esa manera continué aportando a la
convivencia y a la recuperación de los conocimientos ancestrales, ya que en
este lugar se conservan mitos, leyendas, etc... El área servirá para hacer
conciencia de la importancia de conservar las plantas y animales y así seguir
manteniendo la cultura y el respeto a los bosques por sus historias.
Las áreas deben servir como
patrimonio cultural y banco de distribución de muchas de las semillas en vía
extinción, por lo demás cuenta con una cascada de unos 30m de altura que tiene potencial turístico, al igual que el resto del área de respaldo.
Se quiere tener un centro
ecológico que sea el atractivo de todos los habitantes del territorio y los que
lleguen a visitarlo. Además que desarrolle programas de capacitación y
ecoturismo, investigación y producción donde las comunidades se caractericen de
la importancia de ella y elaborar la propuesta de la sostenibilidad de la
misma.
7.
Ordenamiento para el área de respaldo natural ancestral
Objetivos
y Objetos de conservación del área de respaldo natural ancestral
OBJETIVOS DE CONSERVACION
|
OBJETOS DE CONSERVACION
|
Mantener
muestras conservadas de las asociaciones presentes en los estuarios que hacen
intercambio de aguas a través de las mareas. (Manglar, Guandal, Sajal,
Catival, Naidizal, Canguaral, etc.) y que garantizan la pesca, la caza, el
paisaje y la protección contra desastres naturales
|
|
Proteger
las especies de animales y vegetales que hacen parte integrante de las
áreas de respaldo ancestral y que lo utilizan como sitio de alimentación, descanso
y reproducción, para que puedan vivir libremente y puedan ser apreciadas y
valoradas por los miembros de la comunidad a través de las escuelas y las
estrategias definidas pr la Junta del Consejo Comunitario..
|
|
Mantener
la relación integral y el conocimiento tradicional sobre los usos y manejos
del territorio, para garantizar a futuro mayor autonomía organizativa y usos
sostenibles de los recursos naturales que promuevan desarrollos económicos
equitativos y en armonía con el medio natural.
|
|
- Amenazas
y oportunidades
AMENAZAS
|
OPORTUNIDADES
|
ECOLOGICAS
|
|
La
siembra de cultivos ilícitos
|
Se
encuentran aún parches de bosque nativo
|
La
fumigación con Glifosato
|
Experticia
en cultivo de coco – el mayor productor del pacifico
|
La
tumba de madera para usos comercial o domestico
|
|
ECONOMICAS
|
|
SOCIALES - CULTURALES – ORGANIZATIVAS
|
|
La
presencia de grupos al margen de la ley
|
|
8. Reglamento de manejo de las áreas de respaldo
natural ancestral, establecidas en el territorio.
- Del control de las áreas de manejo especial y el Derecho Propio
en el territorio.
- Introducción al reglamento interno. “el derecho propio”.
Este
Reglamento Interno se configura en un punto de partida para acercar y
consolidar la expresión del derecho propio en lo atinente a la protección del
patrimonio natural ancestral del Consejo Comunitario; es un gran esfuerzo con
el que las comunidades habitantes de este territorio, aspiramos a materializar
los principios fundamentales de la organización comunitaria en la conservación,
manejo y defensa de las áreas de respaldo natural ancestral, así como también
los principios rectores en la interrelación con las áreas de respaldo.
Buscamos
con este material, resaltar lo ancestral, el conocimiento, el pensamiento, la
protección de lo comunitario, la afirmación y la autonomía, como metas a
construir y a consolidar en los procesos venideros; por ello, desde el
preámbulo del documento hasta la constancia; todo el sistema capitular se
convierten en partes de la lectura básica que nos permitirá hacer que lo
pensado y actuado, se mantengan en forma secuencial en la defensa de estas
áreas de manejo especial; el dar vida y forma a este Reglamento a través de la
implementación; constituye un desafío frente a los procesos de apatía,
desarraigo, indiferencia y frente a los peligros que se ciernen en la intervención
externa al territorio en donde múltiples intereses circundan la integralidad de
la biodiversidad y de los recursos de esta zonas.
- Preámbulo
El
Consejo Comunitario de las comunidades negras del río Gualajo en cabeza de la
asamblea general y en uso de las facultades constitucionales que establece el
principio 7º y 8º de la Constitución
Política de Colombia, el Convenio 169 de la OIT, artículo 15, la ley 70 de 1993
en su artículo 25, el Decreto 1745 de 1995 en sus artículos 3º y 4º,
la Ley 99 de 1993, artículo 109; la Ley 165 de 1994 (Convenio sobre
biodiversidad biológica); así mismo lo precisado en la Sentencia T-955 de
Octubre 17 de 2003, proferida por la Corte Constitucional como marco jurídico
para las comunidades negras en su derecho a los recursos naturales; también
teniendo en cuenta lo que establece la Resolución número 002538 de Diciembre 23
de 2002, en sus artículos 3- 9 y 10; Resolución ésta por la cual se configura
el título de propiedad del Consejo comunitario y teniendo en cuenta las determinaciones
de la comunidad como expresión del derecho propio; la asamblea, autoriza,
sanciona y promulga el Reglamento de las áreas de respaldo ancestral natural
del territorio en protección a los elementos integrantes de la biodiversidad de
las zonas escogidas para este manejo especial, como piso y fundamento de la
cultura de estas comunidades que residen en él.
- Objeto de las areas de respaldo natural ancestral en el
territorio.
“Hablar
con criterio y orgullo
Desde
el territorio en el que vivimos,
Fieles
al legado que hemos heredado de nuestros mayores, las áreas de respaldo natural
ancestral del Consejo Comunitario del Río Gualajo; tienen por objeto central,
el de la conservación estricta de los ecosistemas naturales existentes en el
territorio, buscando su utilización de manera sostenible para el conocimiento y
la vida y permitiendo con ello la mejor distribución equitativa de los
beneficios derivados del uso de la biodiversidad, conservando la integridad,
funcionalidad y evolución de los ecosistemas naturales presentes en el
territorio.
Estas áreas de respaldo natural ancestral, estarán
dedicadas a contribuir permanentemente con la valoración del conocimiento y su
validación, con el uso sostenible y la conservación del patrimonio natural como
estrategia de conocimiento social y la reafirmación de la cultura ancestral
para el presente y las generaciones venideras.
- De la estructura del reglamento interno. En torno a la gestión y administración
de las áreas de respaldo natural ancestral en el territorio.
Capítulo I.
- De los principios fundamentales de la organización comunitaria en
la conservación, manejo y defensa de las áreas de respaldo natural
ancestral en el territorio.
“Cultura
es el conjunto de rasgos distintivos,
Espirituales,
materiales, intelectuales y emocionales
Que
caracterizan a los grupos humanos y que
comprende
Más
allá de las artes y de las letras;
Modos
de vida, derechos humanos, sistemas de valores,
Tradiciones
y creencias”[24]
Las
comunidades negras del Río Gualajo, organizadas en Consejo Comunitario;
tendremos como principios fundamentales de la
organización comunitaria en la conservación, manejo y defensa de las
áreas de respaldo natural ancestral en el territorio; los siguientes:
Artículo
1. De la Autonomía.
La
autonomía constituye para nosotros, la forma libre e independiente de tomar
nuestras propias decisiones en bien de las comunidades, de acuerdo con la
dignidad de seres humanos y teniendo de presente la ancestralidad cultural del
pueblo negro; igualmente, ejerciendo los derechos supralegales,
constitucionales, legales y los originados en decisiones propias. Este principio estará presente en todas las
decisiones que se tomen con referencia al territorio, frente al manejo de la
biodiversidad y los recursos naturales, el ingreso o tránsito de personas
foráneas en el territorio, nuestro plan de vida, el funcionamiento de nuestra
organización y todos los proyectos materializados como fruto de las políticas
establecidas en el territorio.
Artículo
2. De la identidad (El derecho
al ser).
Entendemos
la identidad, como un ejercicio histórico – social que enmarca nuestras
prácticas ancestrales; que nos une y nos identifica como una cultura particular,
que nos permite reconocernos y conocernos y en donde se manifiestan nuestros
lazos de afinidad, de expresiones filiales, de nuestras relaciones con el
territorio; lo que le da sentido y marca la pertenencia y la ponderación de
nuestros valores.
Artículo
3º. De la legitimación.
Entendemos
por legitimación, las decisiones que de manera colectiva se toman en la
comunidad, frente a procesos político-administrativos; de justicia, de la
protección de los recursos del territorio, de la comunidad y sus integrantes,
como también a los componentes simbólicos en su relación histórica y ancestral
de la población residente en él.
Artículo
4º. De
la autoridad.
Entendemos
por autoridad, la expresión de gobierno y de orientación y gestión en el
territorio; la autoridad contiene saberes, conocimientos, respeto,
reconocimiento y acatación de las decisiones.
Ejercer autoridad en nuestro territorio, implica poner en práctica
nuestros valores culturales, nuestras prácticas ancestrales, resaltando el
respeto a los mayores, el comportamiento de la solidaridad de los que integran
el territorio y la conjugación del pensamiento colectivo.
Artículo
5º. De la autogestión.
Entendemos
por autogestión, como la capacidad que tienen las organizaciones y el gobierno étnico
territorial para dar concresión a las políticas, planes y proyectos que el
gobierno del Consejo organice con las diferentes comunidades que en él habitan.
La
autogestión implica libertad e independencia para operar; pero responsabilidad
y decisión en el actuar.
Artículo
6º. De la
autodeterminación.
Entendemos
por autodeterminación, como el derecho a desarrollar con su comunidad, el
gobierno democrático en el territorio; que lo represente ante las autoridades
nacionales e internacionales, buscando desde luego, defender y desarrollar los
derechos propios del pueblo negro, las libertades fundamentales, los derechos
económicos, culturales, sociales, los de protección al medio ambiente y los
recursos que le son comunes a la gente que habita el territorio.
Igualmente
compete al sentido de la autodeterminación, el hacer cumplir las garantías que
se establecen en Colombia para los pueblos negros dentro de los tres (3)
ordenes normativos establecidos en Colombia por la Corte Constitucional.

Artículo
7º. De la Afirmación.
Entendemos
por afirmación, el desarrollo de la capacidad crítica y reflexiva de nuestras
comunidades, frente a los fenómenos de negación e invisibilidad; fenómenos
éstos de dominación que nos han condicionado en el pasado, en el presente y a
los cuales hay que estar atentos en el devenir.
Afirmación
significa: reconocernos, valorarnos, estimarnos; desarrollar sentido de
pertenencia, construir autonomía, identidad y legitimación; afirmarnos
significa: reconstruirnos y construirnos en relación con el pasado, con el
presente y con el devenir.
Artículo
8. De la interrelación.
Entendemos
por interrelación, la capacidad del Consejo Comunitario de establecer
relaciones con organizaciones de Estado en los niveles: municipal,
departamental y nacional; con organizaciones privadas de carácter nacional e
internacional; con organizaciones que trabajen por los derechos civiles,
sociales, políticos, económicos y ambientales; con organizaciones de gobierno
en escala internacional y con organismos de estructura mundial, como es el caso
de naciones unidas y otras que de manera amistosa deseen establecer relaciones
de cooperación y solidaridad.
En
desarrollo de este principio rector, el Consejo Comunitario decidirá acerca de
los planes, programas, proyectos y actividades que se pretendan adelantar en el
territorio.
Capítulo II.
- De los principios rectores en la interrelación con las areas de
respaldo natural ancestral.
Las
comunidades negras asentadas en el territorio del Consejo Comunitario del río
Gualajo, tendrán como principios rectores en la interrelación con las áreas de
respaldo natural ancestral, los siguientes principios; principios éstos que
configuran un mínimo en lo atinente al manejo de la dinámica natural en estas
áreas de especial atención, tendiente a la reafirmación cultural; pero también
a la conservación, protección, estabilidad y armonía en estas zonas.
Artículo
9. Principio
de la protección.
El
principio de la protección, en relación con las áreas de respaldo natural
ancestral; tiene como fundamento el que las comunidades que han establecido en
forma consensual un área de respaldo, se comprometan a que los recursos
naturales existentes en esas zonas se conviertan en un legado para el presente
y para el devenir de los jóvenes en su cosmovisión, como también del escenario
científico que ahí anida. Igualmente, el principio de protección se convierte
en un derecho de esas comunidades a participar en la gestión, administración y
conservación de los recursos existentes en ellas.
Este
principio de la protección, está ligado al derecho de las comunidades
organizadas en consejo comunitario para exigir al Estado el cumplimiento de lo señalado en el Convenio 169 de la OIT,
artículo 15, numeral 2, en relación al derecho a la consulta; así mismo este
principio se desenvuelve y se integra en las reglas de interpretación
expresadas por la Corte Constitucional sobre la práctica de ordenes jurídicos
diversos cuando de establecer mandatos se trata, lo que lo ubica en la regla
4a, que a la letra dice: “Los usos y
costumbres de una comunidad, priman sobre las formas dispositivas legales;
llega a decir que hay casos en los cuales los sistemas legales de derecho
particulares de los grupos étnicos, están por encima de la ley escrita…”
Artículo
10. Principio de la integralidad
entre el suelo, el subsuelo y el sobresuelo.
Este
principio de la integralidad, apunta a que el manejo de estas tres unidades
configuran una sola visión, ya que en la cosmovisión de estos pueblos: bosque,
suelo y subsuelo; han sido tratados y concebidos como parte integral de sus
prácticas culturales ancestrales y no con los parámetros de la relación del
capital - mercancía.
Artículo
11. Principio de la
estabilidad y armonía del territorio.
Este
principio constituye un punto básico para tratar la conservación, protección y
legado de las comunidades a las generaciones futuras; ello indica que las áreas
de respaldo ancestral no pueden manejarse y administrarse, como si fuera una
zona de labranza; por el contrario, el principio de la estabilidad y la armonía
en las relaciones comunidad – naturaleza, conllevan a no alterar en estas
áreas, las dinámicas naturales.
Artículo
12. Principio de la
reafirmación cultural.
Este
principio de la reafirmación cultural, está centrado en que el monte es la base
natural de esta reafirmación cultural; que se debe conocer, valorar y usar de
manera tal que garantice su pertenencia y su aporte efectivo a las culturas
negras del Pacífico – Sur.
Artículo
13. Principio
del respeto.
Este
principio indica que todas y cada una de las comunidades y personas deben
situarse en el territorio, como parte de un todo; tanto comunidades, como
personas tienen la responsabilidad común a contribuir a no dañar al otro o a
los otros, ni a lo común de los otros, ni a lo propio de los otros, ni a lo que
configuran los bienes de interés social de todos y de uno. Aquí aplica aquello
que se señala en torno a los derechos de todos: “Derechos míos, derechos tuyos, derechos nuestros”.
El respeto
significa un proceso de interiorización de los individuos y comunidades que
integran el Consejo Comunitario, el sentido del valor de todo lo que configura
la integralidad del territorio; faltar el respeto es destruir, afectar al otro,
a los demás, a la cultura.
Artículo
14. Principio
de la participación.
El
principio de la participación, como principio rector en la interrelación de las
comunidades busca que tanto comunidad, familias y personas, intervengan de
manera proponente en la administración, gestión, protección y conservación de
las áreas de respaldo ancestral; buscando que para cualquier acción que se
desee realizar y afecte la integralidad de estas zonas de manejo especial, se
convoque a todos los interesados para que por consenso y en forma democrática,
se proceda a accionar, buscando la
estabilidad y armonía de estas áreas y su integralidad.
Capítulo III.
- De la ubicación de las áreas de respaldo natural ancestral en el
territorio del Consejo Comunitario Río Gualajo.
“Los derechos de los pueblos interesados en los
recursos naturales existentes en sus tierras (territorios); deberán protegerse
especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a
participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos”[25]
Los
recursos naturales presentes en el territorio colectivo, en el Consejo
Comunitario del río Gualajo son patrimonio de éste y están al servicio de la
comunidad, como también de la humanidad; por tanto, debe usárselos de tal
manera que se garantice su sostenibilidad; su aprovechamiento, uso, manejo y
protección estarán regulados por la legislación colombiana y el derecho propio,
en especial lo normado en el presente capítulo en donde se definen y se ubican
las áreas de respaldo natural ancestral definidas para nuestro territorio.
Artículo
15. De
las áreas de respaldo.
El
Consejo Comunitario del río Gualajo ha establecido dos (2) áreas de respaldo
natural ancestral, con el fin de proteger elementos integrantes de la
biodiversidad biológica en el territorio. Estas áreas se encuentran: una, en la
zona de colina y otra, en la zona de manglar; las cuales tienen las siguientes
especificaciones que a continuación se señalan:
- Área de respaldo natural ancestral de colina.
Nombre: Área de respaldo natural ancestral La Cascada.
Cabida: El área de respaldo LA CASCADA cuenta con
una extensión de 150
hectáreas aproximadamente.
Ubicación: Está ubicada en la parte alta del río Gualajo
y en esa parte se resaltan como elementos integrantes las quebradas y afluentes
de aguas como son: la pola, la minita, el salto pequeño, la quebrada del medio
y la quebrada de patiita.
Colindancia: El área de respaldo de colina, está
alinderada de la siguiente manera:
Por
el sur: con el territorio del
Consejo Comunitario del río Rosario.
Por
el oriente: con el territorio del
Consejo Comunitario del río Mejicano, en un lugar conocido como ´Las tres piedras´.
- Área de respaldo natural ancestral de manglar.
Nombre: Área de respaldo natural ancestral denominada:
“RESCATE DEL CONOCIMIENTO ANCESTRAL”.
Cabida: Esta área cuenta con una extensión
aproximada de 100
hectáreas .
Esteros
o chambas: Lo integran la travesía
de Mejicano, los boca p’arriba, el estero de los ciros.
Ubicación: Esta área de respaldo ancestral de
manglar está ubicada en la parte baja del río Gualajo.
Colindancia: El área de respaldo ancestral de
manglar, colinda con los territorios de los consejos comunitarios
circunvecinos, así:
Al
oriente: Con los consejos del recuerdo
de nuestros ancestros del río Mejicano y el del río Rosario.
Al
occidente
Y al
norte: Con el océano
Pacífico.
Al
sur: Con el Consejo
Comunitario del río Rosario.
Artículo
16. Consideraciones
Especiales.
El
área de respaldo ancestral de colina, denominado: “LA CASCADA”, presenta un
sitio paisajístico de una cascada de aproximadamente 30 metros de alto, la
cual constituye un lugar muy especial para las comunidades del territorio del
río Gualajo por su belleza geofísica y ambiental.
Capítulo IV.
- De la integralidad de las áreas de respaldo natural ancestral en
el territorio
“El
promover la educación sobre la protección de espacios naturales, lugares
importantes para la memoria colectiva, cuya existencia es indispensable para
que el patrimonio cultural inmaterial, pueda expresarse”.[26]
Artículo
17. Las áreas de que trata este Reglamento
Interno, como parte de la naturaleza, son parte de un todo, por lo tanto son
interdependientes y complementan el resto del territorio; tienen además una
estrecha relación con la historia natural de la región y con el desarrollo
cultural de las comunidades que de manera ancestral han venido habitando estos
espacios.
Artículo
18. Las áreas de respaldo natural
ancestral deben ser conservadas y utilizadas de manera sostenible, permitiendo
con ello la mejor distribución equitativa de los beneficios derivados del uso
de la biodiversidad, conservando la integralidad, funcionalidad y evolución de
los ecosistemas naturales presentes en la región.
Artículo
19. Las áreas de respaldo natural
ancestral, se dedicarán en primera instancia dado su área, a la conservación
estricta y a unos pocos usos indirectos de la biodiversidad presente, como
recolección de semillas de especies vegetales amenazadas para su propagación en
viveros, extracción moderada de productos no maderables del bosque, ecoturismo
controlado con una capacidad de carga definida y otros tipos de usos y
usufructos que definirá el Consejo Comunitario y que no afecten la composición,
estructura, funcionalidad y evolución natural de los ecosistemas presentes.
Artículo
20. Las áreas de respaldo natural
ancestral, mantendrán la conectividad ecosistémica con las demás áreas
naturales o seminaturales del territorio periférico a ellas. Estas áreas al igual que el conjunto del
territorio del Consejo Comunitario son inalienables, imprescriptibles e
inembargables tal y como lo precisa la norma constitucional señalada en el
artículo 63.
Artículo
21. Las áreas de respaldo natural
ancestral, serán preponderantemente espacios para la construcción dialogal y
participativa de conocimientos sobre el entorno y el afianzamiento de los
patrones culturales ancestrales asociados al manejo natural del territorio;
buscando con ello que permitan y potencien los espacios de aprendizaje y
decisión comunitaria, para expandir en el territorio las prácticas y saberes
más acordes con la conservación, la identidad cultural y la equidad social.
Artículo
22. En la medida en que las posibilidades
lo vayan permitiendo; el Consejo Comunitario, el Comité de administración y
control de los recursos naturales y la Comisión de manejo de las áreas de respaldo
natural ancestral, con el consenso de las comunidades que configuran el
territorio del Consejo y buscando la protección de los recursos de importancia
natural y cultural; irá protegiendo en forma integral una mayor cantidad de
zonas naturales que no están en las condiciones de las declaradas como Zona de
Respaldo Natural Ancestral; buscando desde luego una protección más equilibrada
entre la conservación y el uso de sistemas productivos en el territorio.
Artículo
23. Las decisiones que se tomen sobre las
áreas de respaldo natural ancestral, se manejarán en el plano de las decisiones
propias, buscando que la autonomía y la autodeterminación se liguen a estas
decisiones y se pueda aplicar el principio de administración en decisiones, las
cuales se toman de abajo hacia arriba; igualmente en materia de aplicación de
ideas, programas e investigaciones se aplicará el principio autonómico del
manejo de adentro hacia fuera, configurando de esta manera la autoridad y
control sobre lo propio, sobre el patrimonio colectivo.
“Las áreas de respaldo, son la esperanza
para el desarrollo propio, para la conservación
y la reafirmación de la cultura……,
estos espacios fortalecen y actualizan la relación
monte – río, mar – casa;
‘aseguran’ y ‘respaldan’ el futuro con la provisión permanente de
agua, presas de cacería, pájaros distribuidores de semillas,
espacios para la existencia de la tunda
y de las frutas de monte,
espacios para recrear la vista y la vida”.[27]
Capítulo V.
- De la investigación en las areas de respaldo natural ancestral.
“Es
necesario comprender también la intima conexión
entre
los ecosistemas y los conocimientos locales……..,
el
conocimiento acerca de las plantas está ligado
al
momento y lugar donde se colectan los frutos;
el
conocimiento científico está también indisolublemente ligado
a los
ecosistemas y los contextos culturales donde se ha generado”. [28]
Artículo
24. La investigación en las zonas
naturales del Consejo Comunitario, así como en las áreas de respaldo natural
ancestral; están subordinadas a la legislación nacional dispuesta para estos
fines y la establecida en el marco del derecho propio del Consejo Comunitario.
Artículo
25. Para el desarrollo de la investigación
que se realice en las áreas de respaldo natural ancestral, el Consejo
Comunitario y sus organismos de apoyo establecen como criterios y condiciones,
las siguientes:
Que
sea participativa.
Preferiblemente
con el método de Investigación – Acción – Participación.
Que
siempre incluya co-investigadores comunitarios.
Que
los resultados de las investigaciones vuelvan a las comunidades.
Que
las investigaciones respondan a las necesidades de las comunidades frente al
manejo y uso sostenible de la biodiversidad del territorio, como de su conservación
y restauración.
Que
los investigadores (o investigadoras), o las personas jurídicas como tal; deben
solicitar permiso al Consejo Comunitario en cabeza de su Junta Directiva y
exponer los objetivos y planes de co-investigación y las formas en que se
socializarán los resultados o propuestas realizados.
Artículo
26. El Consejo Comunitario en relación con
las investigaciones a adelantarse en las áreas de respaldo natural ancestral;
establecerá por escrito y solo por escrito, contratos o convenios de investigación,
con cláusulas precisas; buscando de esta manera proteger el patrimonio cultural
y natural de las comunidades negras que configuran el Consejo Comunitario.
Artículo
27. Las investigaciones que se adelanten
en las áreas de respaldo natural ancestral, deberán ser socializadas en sus
resultados y los investigadores o investigadoras explicarán las implicaciones
que las investigaciones tienen para el área, la región y sus habitantes o para
otros, si es el caso (la humanidad en general).
Artículo
28. En relación con las investigaciones
que se adelanten en las zonas de respaldo natural, como en el resto del
territorio del Consejo Comunitario; éste protegerá de manera especial el
conocimiento ancestral, estando atento a los fenómenos de configuración de
patentes o de apropiación de los conocimientos generados por los mayores en el
territorio.
Artículo
29. Todos los trabajos de investigación
que se adelanten en el territorio y en las áreas de respaldo natural ancestral,
tendrán como contrapartida el que los investigadores faciliten la búsqueda de
recursos o medios para la implementación de los planes de manejo de las zonas
de respaldo natural ancestral, e igualmente los apoyos para la restauración
ecológica[29]
allí donde las condiciones lo ameriten.
Artículo
30. El Consejo Comunitario implementará en las escuelas del
territorio, como parte de la etno-educación, el acercamiento de los niños y
jóvenes al conocimiento de las áreas de respaldo natural ancestral y los
profesores en forma conjunta con el Comité de administración y control de los
recursos naturales y la Comisión de manejo de las áreas de respaldo natural
ancestral; actividades y programas que permitan al estudiante o a la
estudiante, apreciar, valorar y defender este patrimonio natural en correlación
con el ancestro cultural.
Capítulo VI.
De la armonización y las conductas contrarias a las áreas de respaldo
natural ancestral - de las responsabilidades y prohibiciones -
Principio Comunitario:
“Todo
lo que desarmonice a la comunidad
y
a sus integrantes, debe ser armonizado
de
acuerdo con sus propias normas y procedimientos,
en
concordancia con la vida en comunidad
y
los elementos integrantes de su cultura”.[30]
Si
bien la armonía se basa en el respeto de las relaciones entre diferentes y las
comunidades se encaminan en el proceso de construir gobierno propio, autoridad,
posicionamiento territorial; a materializar la afirmación, entendida ésta como
reconstruirse y construirse; reconocerse, valorarse, precisar el territorio y
sus bienes; desarrollar la autonomía, desarrollar la identidad; construir entre
la ancestralidad y el presente, el derecho propio que conlleva el derecho de
legitimación y el de contribuir el verdadero sentido de comunidad; verdadero
sentido de comunidad que no admite rupturas contrarias al desarrollo de la
vida; de las relaciones entre las comunidades y sus cosmovisiones; por ello, se
hace necesario precisar lo relativo a la armonización, a las conductas humanas
que le son contrarias a las áreas de respaldo natural ancestral.
Artículo 31. Se
consideran conductas contrarias a la vida en comunidad, todas aquellas que
alteren la normal convivencia entre las personas que habitan el territorio del
Consejo y que desarmonizan a la comunidad en general, a las comunidades
locales, a las familias, a las personas; como también aquellas conductas que
desarmonicen la relación entre la comunidad, el territorio y sus ecosistemas y
de igual forma lo que perturbe las relaciones entre comunidades entre si.
Artículo 32. Se
consideran conductas contrarias a las Áreas
de Respaldo Natural Ancestral, las siguientes:
- En cuanto a las áreas de bosque de colina, son
conductas contrarias:
- El corte y la extracción de madera con fines
comerciales y de uso doméstico.
- Asentamientos humanos.
- Actividades de tipo minero y actividades
económicas, agropecuarias y piscícolas.
- Actividades con fines industriales.
- Actividades de cacería y pesca.
- En cuanto a las áreas de Reserva de Manglar, son conductas contrarias:
- Extracción de madera con fines comerciales y de
uso doméstico.
- El aprovechamiento de la vegetación de la fauna
asociada; es decir no habrá corte de mangle, ni recolección de cangrejo,
concha y otras especies que utilizan el manglar para fines de
reproducción.
- No habrá canalización de esteros, ni se
adelantarán obras de infraestructura social, ni agroindustriales, ni otros
que signifiquen modificación del ecosistema.
Artículo 33. El
Consejo Comunitario del Río Gualajo, sancionará las conductas contrarias a las
áreas de respaldo natural ancestral, a través del organismo de justicia que
estableciere y en el transcurso de la creación de esta entidad, corresponde a
la Junta Directiva y el Comité de Administración y control de la naturaleza; la
aplicación de sanciones.
Artículo 34. PROCEDIMIENTO.
Las conductas contrarias a las áreas de respaldo natural ancestral, se
sancionarán mediante un procedimiento breve; garantizando el derecho a la
defensa, utilizando el sistema de audiencias; audiencias que estarán presididas
mientras se crea el organismo de justicia, por un miembro de la Junta Directiva
del Consejo Comunitario, un miembro del Comité de Administración y Control de
la naturaleza; y el tercer miembro provendrá de la Comisión de Manejo de las
Áreas de Respaldo Natural Ancestral.
Artículo 35. En el
marco de la armonía como principio rector de la convivencia comunitaria y el
respeto por los ecosistemas; el aconsejar será norma rectora a tener en cuenta
por los que presidan y orienten la audiencia, a la hora de establecer sanciones,
o medidas a aplicar en una situación estudiada y definida.
Artículo 36. Las
personas infractoras a los ecosistemas integrantes de las áreas de respaldo
natural ancestral; además de recibir consejo, estarán obligados a recibir
capacitación ambiental, a desarrollar trabajo social dirigido a la restauración
de ecosistemas en las zonas afectadas en lo que compone la cabida del Área de
Respaldo Natural Ancestral, e igualmente en sus cercanías.
Artículo 37. Además
de lo expresado en los dos artículos anteriores, la persona sancionada se
comprometerá a adelantar campañas de protección al medio ambiente y de cuidado
de las áreas escogidas y determinadas por Mandato, como zonas de respaldo
natural ancestral; brindará información a la comunidad en general sobre el
significado del patrimonio de estas áreas especiales.
Artículo 38. Cuando
el comportamiento de la persona o personas que cometieren el daño al ecosistema
de las áreas de respaldo natural ancestral, no guardaren el respeto por la
autoridad del territorio, ni el acatamiento de la sanción establecida como se
precisa en este capítulo; la autoridad correspondiente tendrá la facultad de
hacer uso de lo establecido en el Código Penal Colombiano (Ley 599 del
2000) en los artículos 331 y 337,
respectivamente.
Capítulo VII.
- De la administración y manejo de las áreas de respaldo natural
ancestral. – del control interno
“Los derechos de los pueblos interesados en los
recursos naturales existentes en sus tierras (territorios); deberán protegerse
especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a
participar en la utilización, administración y conservación de dichos
recursos”.[31]
Los
recursos naturales presentes en el territorio colectivo del Consejo Comunitario
del Río Gualajo; son patrimonio de éste y están al servicio de las comunidades
negras que lo habitan, como también al servicio de la humanidad; por lo tanto
hay que usarlas de tal manera que se garantice su sostenibilidad; su
aprovechamiento, uso, manejo y protección estarán regulados por la Constitución
Colombiana, la legislación pertinente a los recursos naturales, por las normas
de carácter supra legal y el derecho propio de estos pueblos, en especial lo
establecido en el Reglamento Interno para la administración, uso y manejo de
los recursos naturales y el medio ambiente en el territorio colectivo, en los
mandatos que se establecieren y fueren aprobados en asamblea general y en los
otros espacios en donde las comunidades integrantes al territorio definan la
administración y manejo de estos recursos y desde luego lo señalado en el
Reglamento Interno de Manejo de las Áreas de Respaldo Natural Ancestral del Río
Gualajo.
Artículo
39. La administración y manejo de las
áreas de respaldo natural ancestral establecidas en el territorio, estará a
cargo de la Junta Directiva del Consejo Comunitario del
Río
Gualajo; ésta como autoridad de gobierno del territorio, del Comité de
administración y control, señalado en el Reglamento Interno para la
administración, uso y manejo de los recursos naturales y el medio ambiente en
el territorio colectivo.
Artículo
40. Además del Comité de Administración y
Control de la naturaleza establecido; créase la Comisión de Manejo de Áreas de
Respaldo Natural Ancestral; Comisión ésta que estará adscrita al Comité y que
ateniéndose a la división del trabajo, tendrá funciones específicas que se
señalan en artículos siguientes.
Artículo
41. La Comisión de Manejo de Áreas de
Respaldo Natural Ancestral en el territorio; se crea en primer lugar para dar
aplicación al principio de la división del trabajo y en segundo lugar para que
el principio de la participación; permita que más integrantes de las
comunidades del territorio, se vinculen a la gobernabilidad de éste y a
materializar los principios de legitimación e identidad.
Artículo
42 La Comisión de Manejo de Áreas de
Respaldo, busca además de lo señalado en el artículo anterior; fortalecer al Comité de Administración y
Control de la Naturaleza, ejercer un mayor control y vigilancia sobre estas
zonas escogidas como de manejo especial y permitir también la autodeterminación
en lo atinente a la planificación, manejo, control y conservación de las áreas
de respaldo natural ancestral.
Artículo
43. Funciones de la Comisión de manejo de
las áreas de respaldo natural ancestral.
Son
funciones de la Comisión, entre otras las siguientes:
- Vigilar y proteger el territorio integrante de
las áreas de respaldo natural ancestral.
- Coordinar las actividades a desarrollar dentro
del área de respaldo natural ancestral.
- Mantener la información geográfica, científica,
de inventarios y de registro de la biodiversidad existente en el área de
respaldo natural ancestral específica.
- Concluir las investigaciones a desarrollar en
las áreas de respaldo natural ancestral.
- Servir de divulgador, facilitador, de coordinación y
capacitación en los centros educativos y en los centros comunitarios del
territorio.
- Promover ideas positivas entre los niños y jóvenes
del territorio.
- Controlar la información que se produzca dentro del
territorio.
- Acompañar los eventos de ecoturismo, investigación y
recolección de información en las áreas de manejo especial.
- Coordinar las operaciones de recolección de plantas
naturales y el acopio de la producción cultural, oral, correspondiente a
las áreas específicas.
- Planificar conjuntamente con el Comité de
Administración y Control de la Naturaleza, las políticas y programas
establecidos para la gestión y conservación de los recursos existentes en
las áreas de respaldo natural ancestral.
- Evaluar cada año el estado de los recursos naturales
existentes en el área escogida para los fines de este Reglamento.
- Hacer control, seguimiento y monitoreo a las áreas
de respaldo natural ancestral, establecidas en el territorio.
Artículo 44. Para
ser integrante de la Comisión de Manejo de Áreas de Respaldo Natural Ancestral;
se requieren entre otras, las siguientes:
- Pertenecer al territorio.
- Saber leer y escribir.
- Ser respetuoso (respetuosa) del conocimiento y
pensamiento ancestral.
- Ser mayor de edad.
- Ser responsable.
- Tener disponibilidad para recibir y transmitir
información.
- Demostrar voluntad de trabajo.
- Firmar un Acta de Compromiso.
Artículo 45. De
la Composición de la Comisión.
La Comisión estará integrada por no mínimo de tres (3)
personas, ni máximo de cinco (5).
Artículo 46. Del
período de prueba. La persona escogida
para integrar la Comisión de Manejo de Áreas de Respaldo Natural Ancestral;
tendrá un período de prueba entre tres (3) y seis (6) meses y a esta persona se
la escogerá para un período de dos (2) años, una vez se evalúe el período de
prueba.
Artículo 47. La
persona escogida para un período de dos (2) años; podrá ser escogida para un
período igual, siempre y cuando sea evaluada en forma satisfactoria y de manera
conjunta Junta Directiva del Consejo Comunitario y Comité de Administración y
Control de la Naturaleza.
Artículo 48. De la
Selección y escogencia de las personas para integrar la Comisión de Manejo de
las Áreas de Respaldo Natural Ancestral.
La selección y escogencia de las personas se hará por un
Comité de Selección que estará integrado por tres (3) personas así:
- Uno, por parte de la Junta Directiva del Consejo
Comunitario.
- Uno, por parte del Comité de Administración y
Control de la Naturaleza.
- Uno por parte de un miembro representativo de la
comunidad.
Capítulo VIII.
- De la reforma al reglamento y la manera de implementarlo.
- De la reforma
El
Reglamento de manejo de las áreas de respaldo natural ancestral, establecidas
en el territorio, como expresión del derecho propio, estará sometido no solo al
tiempo social; sino también al espacio social. Tanto tiempo social, como
espacio social, cambian con la historia; con el devenir y en ellos, la norma
que regula procesos de vida; procesos en la interrelación en los territorios,
entre comunidades entre sí; entre comunidades y el territorio y entre
comunidades y extraños a ella; necesariamente tendrá a su debido tiempo que
establecerse reformas a la norma, a la regla; por ello, este reglamento también
podrá reformarse teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Artículo
49. Corresponde a la asamblea general del
Consejo Comunitario del río Gualajo, la reforma del presente reglamento de
manejo de las áreas de respaldo natural ancestral establecidas en el
territorio; pero ninguna reforma podrá cambiar o destruir lo atinente a los
principios fundamentales de la organización comunitaria en la conservación,
manejo y defensa de las áreas de respaldo natural ancestral, ni los principios
rectores en la interrelación con las áreas de respaldo natural ancestral que se
establecen en los capítulos I y II de este reglamento; ni tampoco al papel de
la comunidad en la toma de decisiones.
Artículo
50. Cualquier modificación o reforma para
ser discutida en relación con el Reglamento de las áreas de respaldo natural
ancestral, debe ser puesta por escrito y enviada a la Junta del Consejo; para
que éste la estudie y pueda de esa manera darle la publicidad suficiente entre
las comunidades que habitan el territorio, con una antelación mínima de un (1)
mes.
Artículo
51. Las reformas propuestas al reglamento
de las áreas de respaldo natural ancestral, se estudiarán en cada una de las
comunidades que habitan en el territorio, con participación de hombres,
mujeres, jóvenes, mayores. Del debate que se realice en cada comunidad se levantará un acta, la cual dará
cuenta de las personas participantes y de sus opiniones; así como de la esencia
de los cambios a formular al reglamento.
Artículo
52. El reglamento de las áreas de respaldo
natural ancestral se reformará por consenso, teniendo en cuenta los participantes
a la asamblea convocatoria; en el caso de la asamblea por delegados, éstos
vendrán en forma equitativa por cada una de las comunidades existentes en el
territorio y deberán asistir con la debida delegación a ese evento.
Artículo
53. Realizada la reforma al Reglamento
Interno, éste se dará a conocer a las diversas comunidades del territorio y la
autoridad de la junta del Consejo entregará un (1) ejemplar definitivo a cada
una de las comunidades para que se enteren y participen en la guarda de este reglamento
y la integralidad de las áreas de respaldo natural ancestral; así mismo se dará
a conocer en las escuelas del territorio.
- De la implementación
Artículo
54. El Consejo Comunitario del río
Gualajo, tendrá la obligación de implementar el reglamento de las áreas de
respaldo natural ancestral establecidas en el territorio, una vez éste sea
aprobado en la asamblea general.
Artículo
55. La Junta Directiva como cabeza de
gobierno del Consejo Comunitario del río Gualajo; gestionará los recursos
necesarios y planeará de manera diligente la implementación del presente
reglamento; buscando para ello, apoyos, cooperación y solidaridad entre
organismos nacionales e internacionales, de carácter público y privado y entre
las instituciones del Estado para ese fin; así mismo organizará las campañas
que considere pertinentes para la protección de las áreas de respaldo natural
ancestral.
Artículo
56. La Junta directiva, como expresión de
autoridad del Consejo Comunitario, establecerá los mecanismos para que este reglamento
sea divulgado entre los miembros del territorio, como de otras autoridades en
lo ambiental y administrativo.
Artículo
57. La implementación del reglamento de
las áreas de respaldo natural ancestral, constituye una tarea de gran
importancia, ya que a través de este proceso se podrá valorar, reconocer,
visibilizar, estudiar, todos los elementos valorativos, culturales y
científicos existentes en las áreas de respaldo natural ancestral.
La
implementación es el camino para materializar la defensa de manera práctica y
consciente de las zonas de respaldo; ello implica el establecimiento de
metodologías, de apropiación de recursos, de cooperación y solidaridad de
muchos actores interesados en la protección de estos espacios naturales,
considerados lugares importantes para la memoria colectiva y la renovación de
la vida en la interrelación comunidad-territorio.
9. Estrategias
de trabajo a futuro y responsabilidades
Se plantearon los
siguientes criterios de sostenibilidad para orientar las acciones a futuro.
Económico
Dado la
circunstancia de cómo murió el producto piloto de Gualajo nos sirvió para
subsanar nuestras necesidades entonces que esa área de respaldo debe ser el
centro de la sostenibilidad en materia económica no maderable para los
habitantes del territorio.
·
Social
Esta área de
respaldo debe ser el centro de capacitación y recuperación de lo ancestral al
servicio de la sociedad.
·
Ecológica o
ambiental
Queremos que nos
sirva para la recuperación de toda clase de fauna y flora por qué queda prohibida
la caza y la extracción de productos maderables.
- Mandato
Colectivo
CONSEJO COMUNITARIO DEL RIO GUALAJO
(Ley 70 Agosto 7 de 1993, Decreto 1745 Octubre 12 de
1995,
Convenio 169 de la OIT y Ley 1037 de Julio 25 de
2006).
Mandato Colectivo
Por medio del cual se aprueban unas áreas de respaldo especial en el
territorio colectivo de las comunidades negras del Consejo Comunitario del río
Gualajo.
El
Consejo Comunitario del río Gualajo, en uso de las facultades que le conceden
la Constitución Política de Colombia en su artículo 7 y 8, lo precisado en la
Ley 70 de 1993; el Decreto 1745, artículo 4º;
así mismo, lo especificado en el Convenio 169 de la OIT, artículo 15;
como también lo precisado por la Corte Constitucional en la Sentencia T-955 de
Octubre 17 de 2003, como marco jurídico para las comunidades negras, en su
derecho a los recursos naturales y lo que significa este Mandato como expresión
del Derecho Propio o decisión colectiva.
La
Asamblea General del Consejo Comunitario del río Gualajo
Decide
1.
Aprobar dos (2) áreas de
respaldo natural ancestral de aproximadamente 250 hectáreas , las
cuales estarán determinadas de manera precisa por la cartografía que se
establezca para tal fin; cartografía que hace parte de este mandato, así como
del Reglamento Interno que se establezca para la protección de las áreas de
respaldo natural ancestral escogidas por el Consejo Comunitario.
2.
Que dichas áreas de respaldo natural ancestral estarán
ubicadas, una en el área de colina y la otra, en el área de manglar.
3.
Que dichas áreas de respaldo tendrán unas destinaciones
de actividades especiales en el orden productoras, investigación, ecoturismo,
protectoras, las cuales versan sobre la comercialización e investigación de
productos no maderables, la recolección de frutos silvestres, la pesca
artesanal y el no aprovechamiento forestal con fines comerciales para que pueda
ser viable la conservación de la fauna, avifauna, recursos hidrológicos y
especialmente la reproducción de madera muy importante para los habitantes del
Consejo Comunitario del río Gualajo.
4.
Que en las partes de los nacimientos de aguas o
afloramiento de las quebradas incluidas o cobijadas por las áreas de respaldo
especial se establezcan unas áreas protectoras en forma circunferencial en un
diámetro de 500 metros .
5.
Que dicho mandato hace parte de los reglamentos internos
de los recursos naturales del consejo comunitario del río Gualajo.
6.
Que las especies inventariadas en este territorio o áreas
de respaldo especiales, como las regulaciones y prohibiciones; se fijen en el
capítulo de los reglamentos en cuanto a recursos naturales en el territorio y
además difundírselo a todos los habitantes del territorio.
7.
Que la fiscalización y vigilancia sobre la
administración, manejo de estas áreas de respaldo; estarán a cargo de todos los
habitantes del Consejo Comunitario y especialmente en la Junta Directiva, los
dos Comités de recursos naturales y los centros educativos del Consejo
Comunitario.
8.
Que la Junta Directiva del Consejo Comunitario Negro, los
comités de los recursos naturales, la escuela y cualquier miembro del Consejo
Comunitario; divulgarán de manera clara y precisa entre todos los habitantes
del territorio del Consejo Comunitario del río Gualajo, el contenido de este
mandato, lo harán conocer a los pueblos étnicos, vecinos, autoridades de orden
nacional, departamental, municipal e instituciones con competencia en los recursos
naturales y de protección del medio ambiente y a las organizaciones del poder
ejecutivo que tienen que ver con la seguridad nacional y exprotección a los
pueblos negros como es el caso del Consejo Comunitario del río Gualajo.
9.
Que este mandato como expresión del derecho propio
debidamente debatido y acordado por concenso de la Asamblea General del Consejo
Comunitario; es de obligatorio cumplimiento para todos los habitantes que
residan en el territorio colectivo del Consejo Comunitario del río Gualajo y
así mismo es de obligatorio cumplimiento para todos los extraños que se
introduzcan al territorio y que lesione los bienes de intereses comunitarios y
por ende la convivencia y la armonía de los que integramos este territorio.
10.
Este mandato se fijará en sitios determinados para que la
gente lo lea, lo conozca y lo divulgue a los demás y se les dará a los centros
educativos para que expliquen su importancia.
11.
Este mandato se firma por parte de la Junta del Consejo
Comunitario, por el representante legal y la Junta Directiva en pleno; como
también por parte de los miembros de la comunidad asistente a la asamblea
general.
Los firmantes:
NOMBRE
|
CEDULA
|
C O N S T A N C I A
Los
suscritos directivos del Consejo Comunitario de las Comunidades Negras del río
Gualajo, al igual que el representante legal, hacen constar que el presente
Reglamento de manejo de las áreas de respaldo natural ancestral, establecidas
en el territorio; fue debatido de manera amplia y participativa, analizado,
debatido y aprobado en asamblea general según consta en el Acta respectiva de
debate y aprobación del mismo.
Para
constancia, se firma ésta a los ……. , días del mes de ………………….., del año
……………………….. por los que en ella intervienen.
La
Junta Directiva del Consejo Comunitario del río Gualajo
_____________________________
El
representante legal
_____________________________________________________________________________
[3] Ariza Eduardo, Llano Maria Clara; Proyecto Protección
de Tierras y Patrimonio de la Población Desplazada. Gente de Esteros, Ríos y
Mar.. Zonificación para la protección
del territorio Colectivo de ACAPA.
Bogotá 2005 Pág. 14
[4] Oviedo Arévalo Ricardo. Historias de gente entintada.
Relatos de la Costa Pacífica. ICAN-PNR-Fundación Pacífico. Isla del Morro. 1994
[5] Llano María Clara; La gente de los ríos Junta Patía.
Instituto Colombiano de Antropología, Plan Nacional de Rehabilitación. Bogotá
1998
[6]
González, Sonia del Mar 2001. Comunicación Personal.
[8]
Maya Restrepo, Luz Adriana 1998; Demografía Histórica de la trata de por
Cartagena 1533 – 1810 .pp. 11 – 52 En Geografía Humana de Colombia, Los Afro
colombianos- Instituto Colombiano de Cultura Hispánica Tomo VI
[9]
De Sandoval Alonso Sacerdote Jesuita – De
Instaurada Aethiopum Salute – Biblioteca de la Presidencia de la República –
1956 pp.91
[10]
Maya Restrepo, Luz Adriana 1998; Demografía Histórica de la trata de por
Cartagena 1533 – 1810 .pp. 11 – 52 En Geografía Humana de Colombia, Los
Afrocolombianos- Instituto Colombiano de Cultura Hispánica Tomo VI
[11]
Leal Claudia, Restrepo Eduardo; 2003 , Unos Bosques Sembrados de Aserrios.
Historia de la extracción maderera en el Pacífico Colombiano. Editorial
Universidad de Antioquia. ICANH, Universidad Nacional de Medellín.
[13] Barón Guido; 1983; Estructura de la producción de Oro en las minas
de la Real Corona.
[15] Stella
Rodríguez, 2002. Libres y Culimochos. Ritmo y Convivencia en el Pacífico Sur
Colombiano. En Afrodescendientes en las Ameritas. ILSA, ICANH, UNAL, IRPD.
Bogotá
[18] Plan Integral de Manejo del Río Gualajo
[19] Armando Ruiz – Trabajo de investigación como facilitador
[20] Plan de Manejo Integral del Río Gualajo. 2005
[21] Armando Ruiz – Investigación como facilitador del proyecto
[22] Plan de Manejo Integral del Río Gualajo. 2005
[23] Plan de Manejo Integral del Río Gualajo. 2005
ã WILLIAM OSPINA. Pensador y
escritor colombiano. Autor de varios libros, entre otros : “Los Nuevos Centros de la Esfera”.
[24] Ley 397 de Agosto
7 de 1997. Artículo 1º.
[25] Convenio 169 de
la OIT (Ley 21 de 1991). Artículo 15.
[26] * Ley 1037 de Julio 25 de
2006, artículo 14. Por medio del cual se aprueba la Convención para
salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, aprobado por la Conferencia
General de la UNESCO en la XXXII reunión celebrada en París.
[27] CARLOS ACOSTA PINZON. “A propósito de la integralidad del
territorio”. Apuntes de observación en campo.
[28] RICARDO ROZZI.
Bio Science – 1999, citado en Historia
Natural Local y Ciencia Ecológica Universal. LUIS MARONE – JAVIER LOPEZ DE
CASENAVE – VICTOR R. CUETO. Tomado de la obra: “Fundamentos de Conservación Biológica. Perspectivas Latioamericanas”.
Fondo de Cultura Económica. México. Página 680.
[29] La restauración
ecológica se define como: “El proceso de alteración internacional para
establecer un ecosistema histórico nativo. El objetivo de este proceso es
estimular la estructura, función, diversidad y dinámica del ecosistema en
cuestión”. Richard Primack y Francisca Massardo. “FUNDAMENTOS DE
CONSERVACION BIOLOGICA – PERSPECTIVAS LATINOAMERICANAS”. Página 559 – 560.
[30] FABIO LONDOÑO
ROJAS. Nota sobre “El Derecho Propio y las conductas contrarias a la vida en comunidad y
sus sanciones”.
[31] Convenio 169 de la OIT. Artículo 15
(Ley 21 de 1991).
_________________________________________________________________________________
El municipio de Tumaco se localiza, en el extremo sur occidental de Colombia en la costa pacifica del departamento de Nariño; el Río Gualajo es una de las vertientes, afluentes del Río Rosario en su parte baja, la mayor parte del territorio colectivo, es zona de marisma con suelos planos irrigados por aguas salobres, pero también se encuentran zonas colindadas con cobertura boscosa. La actividad mayor generadora de ingresos para las familias es el cultivo del cocotero,seguido de la pesca artesanal. El Consejo lo constituyen cuatro veredas y su conexión interna entre los pueblos que lo conforman es fluvial, su conexión con el centro urbano de Tumaco es fluvial y marítima.
El Consejo Comunitario Río Gualajo es una organización étnica territorial, que se rige bajo la normatividad de la ley 70 de 1993 de Comunidades Negras, es una organización sin ánimo de lucro constituida en el 2002 con titulo colectivo, y tiene como objeto social; crear dentro del territorio del consejo comunitario un conjunto de procesos socio-culturales, económicos, ambientales y organizativos de carácter étnico que propicien cambios favorables al mejoramiento de las condiciones de existencia de las comunidades que constituyen dicho consejo. La ley establece que para tales propósitos, las instituciones del estado y la cooperación internacional, deben concertar y coordinar los planes y programas que se ejecuten en esos territorios con dichas organizaciones.
La estructura organizativa del Consejo Comunitario, esta constituida por una Junta de Gobierno que es la responsable de administrar ambientalmente el territorio con sus diferentes comités que las constituyen, de acuerdo con los mandatos de la ley 70/93 y decretos reglamentarios, adicionalmente se han desarrollado nuevas estructuras internas y articuladas al Consejo Comunitario como: La Unidad e Asistencia Técnica que apoya y asesora Técnicamente el trabajo de la Junta de Gobierno.
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queremos contactarnos desde el Ministerio de Agricultura el correo es ivan.roncancio@mininagricultura.gov.co , por favor enviar un teléfono
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